Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Pymes. Ayudas. (2024040140)
Decreto 89/2024, de 30 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras para la puesta en marcha de un programa de ayudas dirigido a mejorar la competitividad y crecimiento de las pymes extremeñas, a través de una mayor capacitación, cualificación y formación de sus cuadros directivos, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 170
Lunes 2 de septiembre de 2024

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3. L
 as solicitudes podrán presentarse a partir del día siguiente a la publicación de cada convocatoria y durante el periodo de vigencia que se establezca en la misma, que no será inferior
a un mes ni superior a un año.
Artículo 12. Conflicto de interés y medidas antifraude.
1. D
 e conformidad con el artículo 74.1.c del Reglamento (UE) n.º 2021/1060 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, se adoptarán las medidas necesarias para
prevenir y detectar el fraude, la corrupción y los conflictos de interés. Para ello, deberá garantizarse que todos los responsables que intervengan en el procedimiento de subvención
no incurren en conflicto de intereses con los beneficiarios de los mismos. Deberá suscribirse una Declaración de Ausencia de Conflictos de Interés (DACI), firmada electrónicamente
por la entidad solicitante y por las personas que vayan a participar en la acción formativa
(previo a la concesión y a cada pago), conforme al modelo de Declaración de Ausencia de
Conflictos de Interés (DACI) establecido en el anexo II.
2. D
 e conformidad con el apartado 2 del artículo 69 y anexo XI y XVII del Reglamento (UE)
2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, para garantizar
la legalidad y la regularidad del gasto y prevenir, detectar e informar de las posibles irregularidades, incluido el fraude, se deberá recoger información sobre los titulares reales de los
perceptores de la financiación de la Unión. A tal efecto, en el apartado 8 del modelo de solicitud, el solicitante podrá autorizar al órgano gestor o a cualquier autoridad y organismo
nacional que gestione, verifique, pague o audite Fondos Europeos, a que pueda consultar
de oficio dicha información en el Registro Central de Titularidades Reales o en los distintos
registros con competencia en materia de recogida de datos de titulares reales o bases de
datos disponibles”.
Artículo 13. Documentación a presentar.
1. J unto a la solicitud se debe acompañar la siguiente documentación:
1.1. E
 n los casos que proceda, y con las salvedades indicadas en el artículo 7, copia del
documento de admisión del alumno/a en la acción formativa, emitido por la entidad
formadora.
1.2. P
 resupuesto de los gastos de matriculación en la actuación formativa por la que solicita la ayuda emitido por la entidad formadora, en el caso en que dicha información no
venga identificada de manera accesible en la web de dicha entidad formadora, cuyo
enlace directo al curso deberá ser cumplimentado en el modelo de solicitud.
1.3. D
 ocumentación acreditativa de que la persona que va a participar en la formación
ejerce funciones directivas en la empresa solicitante, aportando para ello copia del