Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Fomento Del Empleo. Ayudas. (2024040139)
Decreto 88/2024, de 30 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la consolidación de las personas trabajadores autónomas de Extremadura, a través de una mayor profesionalización de sus negocios, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 169
Viernes 30 de agosto de 2024

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Asimismo, se comprometen a facilitar las inspecciones y comprobaciones que, en su caso,
se efectúen por parte de los servicios técnicos de la Dirección General con competencias en
materia de empresa.
Dicho control se extiende, además de a las personas beneficiarias, a las personas físicas o
jurídicas a las que se encuentren asociados o vinculados, así como a cualquier otra entidad
susceptible de prestar un interés en la consecución de los objetivos, en la realización de las
actividades o en la adopción del comportamiento.
Artículo 21. Gestión financiera, compromiso de gasto y financiación de las ayudas.
Las resoluciones de concesión de las subvenciones se realizarán previa tramitación y aprobación del oportuno expediente de gasto.
La financiación de las ayudas que se regulan en el presente decreto se realizará con fondos
propios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Artículo 22. Información y publicidad.
Tanto el extracto de la convocatoria, como la convocatoria en sí, serán publicadas en el Diario
Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es).
La Base de Datos Nacional de Subvenciones dará traslado a dicho diario del extracto de la
convocatoria para su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.8.a) de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias).
La convocatoria y las subvenciones concedidas serán publicadas en el Portal de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index), en
la forma establecida en los artículos 17.1 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Así mismo se remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones la información sobre
las convocatorias y resoluciones de concesión derivadas de este decreto, de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones.
Con independencia de lo anterior se publicará la información en el Portal Electrónico de Transparencia de la Junta de Extremadura, (http://gobiernoabierto.juntaex.es), de acuerdo con el
artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo.