Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Investigación. Ayudas. (2024062680)
Resolución de 26 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para la ejecución de actuaciones orientadas al desarrollo y mejora de las capacidades científicas y tecnológicas de los Grupos de Investigación de Extremadura pertenecientes al Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación, línea 1.
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NÚMERO 165
Lunes 26 de agosto de 2024
41731
nido en convocatorias regionales. Se calculará proporcionalmente la puntuación
en los casos de importes fraccionados.
Se valorarán como proyectos de investigación internacional aquellos cuyas convocatorias tengan ese carácter.
Se valorarán como proyectos de investigación regionales aquellos financiados a
través de convocatorias competitivas realizadas por las Consejerías competentes
en la gestión de los planes o estrategias regionales de investigación.
b.2) Financiación obtenida a través de convenios públicos o contratos con empresas
privadas de cuantía igual o superior a 6.000 euros. Se tendrá en cuenta para
la valoración la financiación obtenida. Se otorgarán 0,4 puntos por cada 6.000
euros. Se calculará proporcionalmente la puntuación en los casos de importes
fraccionados.
c) Patentes registradas. Se otorgarán 4 puntos por patente registrada en explotación.
d) Dirección de tesis doctorales defendidas, dirigidas por alguno de los investigadores o
las investigadoras del grupo. Se otorgarán 1.5 puntos por tesis con mención de doctorado europeo/internacional y premio extraordinario de doctorado, 1.0 por tesis con
mención de doctorado europeo/internacional o premio extraordinario de doctorado y
0.5 puntos por tesis defendida.
4.2. Coordinación del grupo liderada por una mujer, se otorgarán 1,5 puntos.
4.3 Coordinación del grupo liderada por investigador o investigadora con edad inferior a 35
años, se otorgará 1,5 puntos.
4.4. Si el personal investigador doctor que conforman el grupo de investigación forman
parte de un Instituto Universitario en proporción igual o superior al 50% del total del personal investigador doctor del grupo, se otorgará 10 puntos. Se entiende por Instituto Universitario los regulados en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de Universidades.
5. L
a puntuación final será la suma de todas las puntuaciones obtenidas en los apartados
anteriores.
Undécimo. Comisión de Valoración.
1. P
ara la evaluación de las solicitudes y la selección de los beneficiarios de las distintas ayudas, se constituirá una comisión de valoración, que emitirá un informe que tendrá carácter
vinculante.
Lunes 26 de agosto de 2024
41731
nido en convocatorias regionales. Se calculará proporcionalmente la puntuación
en los casos de importes fraccionados.
Se valorarán como proyectos de investigación internacional aquellos cuyas convocatorias tengan ese carácter.
Se valorarán como proyectos de investigación regionales aquellos financiados a
través de convocatorias competitivas realizadas por las Consejerías competentes
en la gestión de los planes o estrategias regionales de investigación.
b.2) Financiación obtenida a través de convenios públicos o contratos con empresas
privadas de cuantía igual o superior a 6.000 euros. Se tendrá en cuenta para
la valoración la financiación obtenida. Se otorgarán 0,4 puntos por cada 6.000
euros. Se calculará proporcionalmente la puntuación en los casos de importes
fraccionados.
c) Patentes registradas. Se otorgarán 4 puntos por patente registrada en explotación.
d) Dirección de tesis doctorales defendidas, dirigidas por alguno de los investigadores o
las investigadoras del grupo. Se otorgarán 1.5 puntos por tesis con mención de doctorado europeo/internacional y premio extraordinario de doctorado, 1.0 por tesis con
mención de doctorado europeo/internacional o premio extraordinario de doctorado y
0.5 puntos por tesis defendida.
4.2. Coordinación del grupo liderada por una mujer, se otorgarán 1,5 puntos.
4.3 Coordinación del grupo liderada por investigador o investigadora con edad inferior a 35
años, se otorgará 1,5 puntos.
4.4. Si el personal investigador doctor que conforman el grupo de investigación forman
parte de un Instituto Universitario en proporción igual o superior al 50% del total del personal investigador doctor del grupo, se otorgará 10 puntos. Se entiende por Instituto Universitario los regulados en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de Universidades.
5. L
a puntuación final será la suma de todas las puntuaciones obtenidas en los apartados
anteriores.
Undécimo. Comisión de Valoración.
1. P
ara la evaluación de las solicitudes y la selección de los beneficiarios de las distintas ayudas, se constituirá una comisión de valoración, que emitirá un informe que tendrá carácter
vinculante.