Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Investigación. Ayudas. (2024062680)
Resolución de 26 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para la ejecución de actuaciones orientadas al desarrollo y mejora de las capacidades científicas y tecnológicas de los Grupos de Investigación de Extremadura pertenecientes al Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación, línea 1.
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NÚMERO 165
Lunes 26 de agosto de 2024
41730
La puntuación inicialmente otorgada a cada aportación se incrementará un 25 % para
aquellos libros y capítulos de libros publicados en inglés.
En el caso de libros con extensión reducida (menor o igual a 50 páginas) se valorará
como capítulo de libro. Más de tres capítulos de un mismo libro se puntuarán como
un libro completo.
No se considerarán aquellos libros o capítulos de libro publicados en la misma institución donde trabaja el investigador o la investigadora, ni los editados por el propio
autor, ni las tesis doctorales editadas.
Como norma general, no se considerarán las publicaciones que tengan carácter de
material docente ni de divulgación ni las ediciones de actas de congresos, ya sean
publicadas en libros o en revistas como proceedings. Tampoco se considerarán los
artículos de opinión, las cartas al editor(a), los casos clínicos, las recopilaciones
legislativas y/o jurisprudenciales, las reseñas y recensiones, las notas editoriales,
las ediciones de texto o las simples traducciones, los prólogos e introducciones de
presentación de una obra, la mera edición o coordinación de publicaciones, así como
los volúmenes de homenaje, informes o dictámenes derivados de proyectos de investigación o contratos de I+D+I, antologías, catálogos, atlas, diccionarios o guías.
b) Captación de recursos.
Solo se valorarán los recursos captados a través de proyectos liderados por alguno
de los investigadores o las investigadoras del grupo de investigación y cuya fecha
de inicio del proyecto, esté dentro del periodo de valoración establecido conforme al
apartado 1 del presente resuelvo. En el caso de proyectos coordinados, se valorarán
los subproyectos liderados por el personal investigador integrante del grupo de investigación.
No se considerarán los proyectos docentes, ni los proyectos de infraestructura, ni
aquellos proyectos financiados por la misma institución donde trabaja el investigador.
b.1) Financiación de proyectos de I+D+I obtenida a través de convocatorias públicas
de concurrencia competitiva. Se tendrá en cuenta para la valoración el ámbito
del proyecto.
Se otorgarán por cada 6.000 euros de financiación: 2.0 puntos para los recursos obtenido en convocatorias con programas de financiación de la I+D+I de la
Comisión Europea (CE), 1.0 punto si se han obtenido en otras convocatorias de
ámbito internacional o en convocatorias nacionales y 0.4 puntos si se ha obte-
Lunes 26 de agosto de 2024
41730
La puntuación inicialmente otorgada a cada aportación se incrementará un 25 % para
aquellos libros y capítulos de libros publicados en inglés.
En el caso de libros con extensión reducida (menor o igual a 50 páginas) se valorará
como capítulo de libro. Más de tres capítulos de un mismo libro se puntuarán como
un libro completo.
No se considerarán aquellos libros o capítulos de libro publicados en la misma institución donde trabaja el investigador o la investigadora, ni los editados por el propio
autor, ni las tesis doctorales editadas.
Como norma general, no se considerarán las publicaciones que tengan carácter de
material docente ni de divulgación ni las ediciones de actas de congresos, ya sean
publicadas en libros o en revistas como proceedings. Tampoco se considerarán los
artículos de opinión, las cartas al editor(a), los casos clínicos, las recopilaciones
legislativas y/o jurisprudenciales, las reseñas y recensiones, las notas editoriales,
las ediciones de texto o las simples traducciones, los prólogos e introducciones de
presentación de una obra, la mera edición o coordinación de publicaciones, así como
los volúmenes de homenaje, informes o dictámenes derivados de proyectos de investigación o contratos de I+D+I, antologías, catálogos, atlas, diccionarios o guías.
b) Captación de recursos.
Solo se valorarán los recursos captados a través de proyectos liderados por alguno
de los investigadores o las investigadoras del grupo de investigación y cuya fecha
de inicio del proyecto, esté dentro del periodo de valoración establecido conforme al
apartado 1 del presente resuelvo. En el caso de proyectos coordinados, se valorarán
los subproyectos liderados por el personal investigador integrante del grupo de investigación.
No se considerarán los proyectos docentes, ni los proyectos de infraestructura, ni
aquellos proyectos financiados por la misma institución donde trabaja el investigador.
b.1) Financiación de proyectos de I+D+I obtenida a través de convocatorias públicas
de concurrencia competitiva. Se tendrá en cuenta para la valoración el ámbito
del proyecto.
Se otorgarán por cada 6.000 euros de financiación: 2.0 puntos para los recursos obtenido en convocatorias con programas de financiación de la I+D+I de la
Comisión Europea (CE), 1.0 punto si se han obtenido en otras convocatorias de
ámbito internacional o en convocatorias nacionales y 0.4 puntos si se ha obte-