Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024062742)
Resolución de 12 de agosto de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga modificación sustancial de la autorización ambiental unificada de la instalación destinada al aderezo de aceitunas, promovida por Aceitunas del Norte de Cáceres, SCL, 2.º Grado (ACENORCA), en el término municipal de Montehermoso.
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NÚMERO 165
41659
Lunes 26 de agosto de 2024
C) Medidas de protección y control de las aguas, del suelo y de las aguas subterráneas
1. L
a instalación industrial contará con las siguientes redes independientes de saneamiento:
a) Una red de recogida de aguas residuales sanitarias procedente de aseos y vestuarios.
Estas aguas se dirigirán a la red de saneamiento municipal. Para ello deberá contar con
Autorización de vertido del Ayuntamiento de Montehermoso.
b) Una red de aguas pluviales, que se conectará a la red general de saneamiento municipal. Este vertido deberá contar con la correspondiente autorización.
c) Una red de saneamiento de aguas de proceso y de limpieza, que se gestionará como
residuos mediante gestor autorizado a través de balsas de evaporación, previo almacenamiento en las instalaciones correspondientes.
2. S
erá imprescindible la instalación de una arqueta final de registro para el correcto control
y toma de muestras de los vertidos ocasionados por la instalación.
3. S
e deberá disponer de un manual de mantenimiento preventivo al objeto de garantizar el
buen estado de las instalaciones, en especial respecto a los medios disponibles para evitar
la contaminación del medio en caso de derrames o escapes accidentales y a las medidas
de seguridad implantadas.
D) Medidas de protección y control de la contaminación acústica
1. N
o se permitirá el funcionamiento de ninguna fuente sonora cuyo nivel de recepción externo sobrepase los valores establecidos en el Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de Reglamentación de Ruidos y Vibraciones. Los principales focos de emisión son:
Equipo
Nivel Sonoro Leq dB(A)
Línea de recepción
80
Torre de refrigeración
85
Clasificación
85
Caldera 1
80
Soplantes
85
Compresores
85
Proceso almazara
80
Línea de deshuese – rodajado - relleno
85
Línea de envasado
85
41659
Lunes 26 de agosto de 2024
C) Medidas de protección y control de las aguas, del suelo y de las aguas subterráneas
1. L
a instalación industrial contará con las siguientes redes independientes de saneamiento:
a) Una red de recogida de aguas residuales sanitarias procedente de aseos y vestuarios.
Estas aguas se dirigirán a la red de saneamiento municipal. Para ello deberá contar con
Autorización de vertido del Ayuntamiento de Montehermoso.
b) Una red de aguas pluviales, que se conectará a la red general de saneamiento municipal. Este vertido deberá contar con la correspondiente autorización.
c) Una red de saneamiento de aguas de proceso y de limpieza, que se gestionará como
residuos mediante gestor autorizado a través de balsas de evaporación, previo almacenamiento en las instalaciones correspondientes.
2. S
erá imprescindible la instalación de una arqueta final de registro para el correcto control
y toma de muestras de los vertidos ocasionados por la instalación.
3. S
e deberá disponer de un manual de mantenimiento preventivo al objeto de garantizar el
buen estado de las instalaciones, en especial respecto a los medios disponibles para evitar
la contaminación del medio en caso de derrames o escapes accidentales y a las medidas
de seguridad implantadas.
D) Medidas de protección y control de la contaminación acústica
1. N
o se permitirá el funcionamiento de ninguna fuente sonora cuyo nivel de recepción externo sobrepase los valores establecidos en el Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de Reglamentación de Ruidos y Vibraciones. Los principales focos de emisión son:
Equipo
Nivel Sonoro Leq dB(A)
Línea de recepción
80
Torre de refrigeración
85
Clasificación
85
Caldera 1
80
Soplantes
85
Compresores
85
Proceso almazara
80
Línea de deshuese – rodajado - relleno
85
Línea de envasado
85