Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Seguridad Y Salud En El Trabajo. Subvenciones. (2024040156)
Decreto 72/2024, de 16 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de la seguridad y salud en el trabajo en las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 164
Viernes 23 de agosto de 2024
41527
c) Acreditación gráfica de que se han adoptado las medidas de difusión y publicidad establecidas en el artículo 19 de este decreto.
Artículo 15. Régimen de incompatibilidad.
Las ayudas reguladas por el presente decreto serán incompatibles con otras subvenciones a
fondo perdido, que para las mismas finalidades hayan sido concedidas por las Administraciones públicas o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos
internacionales.
Artículo 16. Alteración de las circunstancias tenidas en cuenta para la concesión.
Las incidencias producidas con posterioridad a la resolución de concesión de la subvención,
que alteren las condiciones que fueron tenidas en cuenta al efecto, relacionadas en el artículo
13.1.c) del presente decreto, siempre y cuando dichos cambios no dieran lugar a una puntuación total inferior a la última de las solicitudes que haya obtenido subvención en la convocatoria a la que hubieran concurrido, se resolverán por el órgano concedente que podrá dictar, en
su caso, una resolución de modificación de la resolución de concesión conforme a las nuevas
condiciones. No obstante, la resolución de modificación nunca podrá reconocer un importe de
la subvención superior al inicialmente concedido. En todo caso, la modificación de la resolución de concesión no podrá suponer perjuicios a terceros ni alterar la finalidad de la ayuda.
Artículo 17. Control de las acciones subvencionables.
La Dirección General de Trabajo realizará el adecuado control y seguimiento en la ejecución
por el beneficiario de la subvención de las inversiones subvencionables, pudiendo para ello
realizar las inspecciones y comprobaciones que estime oportunas, a través del personal funcionario del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, del Centro Extremeño de Seguridad
y Salud Laboral (CESSLA) y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
TÍTULO IV
Revocación y reintegro
Artículo 18. Incumplimientos, revocación, pérdida de derecho al cobro y reintegro
de la subvención.
1. El incumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, en las convocatorias y resoluciones de concesión, así como la concurrencia de las causas previstas en el artículo 43 de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dará lugar a la declaración de incumplimiento y revocación de la subvención concedida,
Viernes 23 de agosto de 2024
41527
c) Acreditación gráfica de que se han adoptado las medidas de difusión y publicidad establecidas en el artículo 19 de este decreto.
Artículo 15. Régimen de incompatibilidad.
Las ayudas reguladas por el presente decreto serán incompatibles con otras subvenciones a
fondo perdido, que para las mismas finalidades hayan sido concedidas por las Administraciones públicas o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos
internacionales.
Artículo 16. Alteración de las circunstancias tenidas en cuenta para la concesión.
Las incidencias producidas con posterioridad a la resolución de concesión de la subvención,
que alteren las condiciones que fueron tenidas en cuenta al efecto, relacionadas en el artículo
13.1.c) del presente decreto, siempre y cuando dichos cambios no dieran lugar a una puntuación total inferior a la última de las solicitudes que haya obtenido subvención en la convocatoria a la que hubieran concurrido, se resolverán por el órgano concedente que podrá dictar, en
su caso, una resolución de modificación de la resolución de concesión conforme a las nuevas
condiciones. No obstante, la resolución de modificación nunca podrá reconocer un importe de
la subvención superior al inicialmente concedido. En todo caso, la modificación de la resolución de concesión no podrá suponer perjuicios a terceros ni alterar la finalidad de la ayuda.
Artículo 17. Control de las acciones subvencionables.
La Dirección General de Trabajo realizará el adecuado control y seguimiento en la ejecución
por el beneficiario de la subvención de las inversiones subvencionables, pudiendo para ello
realizar las inspecciones y comprobaciones que estime oportunas, a través del personal funcionario del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, del Centro Extremeño de Seguridad
y Salud Laboral (CESSLA) y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
TÍTULO IV
Revocación y reintegro
Artículo 18. Incumplimientos, revocación, pérdida de derecho al cobro y reintegro
de la subvención.
1. El incumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, en las convocatorias y resoluciones de concesión, así como la concurrencia de las causas previstas en el artículo 43 de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dará lugar a la declaración de incumplimiento y revocación de la subvención concedida,