Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Seguridad Y Salud En El Trabajo. Subvenciones. (2024040156)
Decreto 72/2024, de 16 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de la seguridad y salud en el trabajo en las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 164
Viernes 23 de agosto de 2024
41525
3. El abono de la subvención concedida se realizará una vez que haya quedado totalmente
justificado por el beneficiario de la subvención la realización total de la acción subvencionable y que los gastos y pagos han sido efectivamente realizados en los plazos establecidos
en este Decreto, mediante la presentación de la siguiente documentación:
a) Solicitud de abono de la subvención mediante la presentación del modelo que se incluye
como anexo IV, acompañada de la documentación acreditativa de la justificación de las
inversiones realizadas, y en particular la siguiente:
1º. Copia auténtica de las facturas acreditativas del coste total de las acciones subvencionables, así como copia de los documentos justificativos del pago material del
importe íntegro de las mismas.
En caso de pago por transferencia, cheque, talón nominativo o pagaré, se adjuntará
copia de los mismos y copia compulsada del extracto bancario que refleje el pago
material.
En caso de pago en efectivo, y sólo para facturas cuyo importe no supere los 300
euros, se adjuntará certificación de la empresa suministradora acreditativa de la
cuantía cobrada en efectivo, con indicación de la factura objeto del cobro. No se
admitirá en ningún caso el pago en efectivo de facturas cuyo importe supere los 300
euros.
N
o se entenderán justificadas las inversiones en el caso que las facturas que las
sustentan no hayan sido abonadas íntegramente conforme a los medios de pago
descritos.
2º. C
ertificado/s de destrucción o achatarramiento de los equipos o elementos sustituidos, emitidos por gestor de residuos autorizado por la Administración competente
según la normativa medioambiental, en el que se incluirá una lista detallada de los
equipos o elementos destruidos, en los casos de actuaciones subvencionables de las
letras a), c) y d) del artículo 4 de este decreto.
3º. Informe de las mejoras en las condiciones de seguridad y salud de los trabajadores
que conlleva la actuación o actuaciones subvencionadas. Este informe será redactado y firmado por técnicos/as de prevención de riesgos laborales del Servicio de
Prevención ajeno/propio de la empresa.
4º. E
valuación de riesgos actualizada de la actividad de la empresa donde se refleje la
incorporación de las mejoras subvencionadas.
Viernes 23 de agosto de 2024
41525
3. El abono de la subvención concedida se realizará una vez que haya quedado totalmente
justificado por el beneficiario de la subvención la realización total de la acción subvencionable y que los gastos y pagos han sido efectivamente realizados en los plazos establecidos
en este Decreto, mediante la presentación de la siguiente documentación:
a) Solicitud de abono de la subvención mediante la presentación del modelo que se incluye
como anexo IV, acompañada de la documentación acreditativa de la justificación de las
inversiones realizadas, y en particular la siguiente:
1º. Copia auténtica de las facturas acreditativas del coste total de las acciones subvencionables, así como copia de los documentos justificativos del pago material del
importe íntegro de las mismas.
En caso de pago por transferencia, cheque, talón nominativo o pagaré, se adjuntará
copia de los mismos y copia compulsada del extracto bancario que refleje el pago
material.
En caso de pago en efectivo, y sólo para facturas cuyo importe no supere los 300
euros, se adjuntará certificación de la empresa suministradora acreditativa de la
cuantía cobrada en efectivo, con indicación de la factura objeto del cobro. No se
admitirá en ningún caso el pago en efectivo de facturas cuyo importe supere los 300
euros.
N
o se entenderán justificadas las inversiones en el caso que las facturas que las
sustentan no hayan sido abonadas íntegramente conforme a los medios de pago
descritos.
2º. C
ertificado/s de destrucción o achatarramiento de los equipos o elementos sustituidos, emitidos por gestor de residuos autorizado por la Administración competente
según la normativa medioambiental, en el que se incluirá una lista detallada de los
equipos o elementos destruidos, en los casos de actuaciones subvencionables de las
letras a), c) y d) del artículo 4 de este decreto.
3º. Informe de las mejoras en las condiciones de seguridad y salud de los trabajadores
que conlleva la actuación o actuaciones subvencionadas. Este informe será redactado y firmado por técnicos/as de prevención de riesgos laborales del Servicio de
Prevención ajeno/propio de la empresa.
4º. E
valuación de riesgos actualizada de la actividad de la empresa donde se refleje la
incorporación de las mejoras subvencionadas.