Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Seguridad Y Salud En El Trabajo. Subvenciones. (2024040156)
Decreto 72/2024, de 16 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de la seguridad y salud en el trabajo en las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 164
Viernes 23 de agosto de 2024
41514
convocatoria fuera suficiente, atendiendo al número de solicitudes una vez finalizado el plazo
de presentación, según lo establecido en el artículo 22 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El procedimiento se iniciará de oficio, mediante convocatoria aprobada por Resolución de la
persona titular de la Secretaría General de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, debiendo publicarse en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es)
tanto dicha resolución como el extracto de la misma oportunamente tramitado ante la Base de
Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias). Además, la convocatoria se publicará en el Portal de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index).
La primera convocatoria de estas ayudas se incorpora al presente decreto en su disposición
adicional única, de acuerdo con la modificación efectuada en la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura mediante la disposición final
tercera del Decreto-ley 1/2024, de 28 de mayo, de ayudas extraordinarias al sector del viñedo
de secano y a las Agrupaciones Técnicas de Sanidad Vegetal por asesoramiento técnico en
materia de sanidad vegetal y de medidas en materia de juego, simplificación administrativa,
cooperativas, tasas y precios públicos (DOE núm. 108, de 5 de junio).
Artículo 9. Solicitud, documentación y plazo de presentación.
1. L
a presentación de solicitudes podrá realizarse:
Para las personas físicas, directamente o por medio de representante, en su caso, no obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos, estará habilitada la presentación
presencial en cualquiera de los registros y oficinas a los que hace referencia el artículo 7.1
del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro
Único, y la presentación telemática se realizará de forma electrónica a través del punto de
acceso general electrónico (https://www.juntaex.es/w/0691724) dentro de la ficha correspondiente al trámite desde donde se habilitará el acceso a la sede electrónica asociada para
presentar la solicitud, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y
dicha solicitud de dirigirá a la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía,
Empleo y Transformación Digital.
Para las personas jurídicas y las agrupaciones de personas físicas y jurídicas, cualquiera
que sea la forma jurídica que adopten y las comunidades de bienes, siendo sujetos obligados a relacionarse a través de medios electrónicos, las solicitudes se tramitarán de forma
electrónica a través del punto de acceso general electrónico
Viernes 23 de agosto de 2024
41514
convocatoria fuera suficiente, atendiendo al número de solicitudes una vez finalizado el plazo
de presentación, según lo establecido en el artículo 22 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El procedimiento se iniciará de oficio, mediante convocatoria aprobada por Resolución de la
persona titular de la Secretaría General de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, debiendo publicarse en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es)
tanto dicha resolución como el extracto de la misma oportunamente tramitado ante la Base de
Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias). Además, la convocatoria se publicará en el Portal de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index).
La primera convocatoria de estas ayudas se incorpora al presente decreto en su disposición
adicional única, de acuerdo con la modificación efectuada en la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura mediante la disposición final
tercera del Decreto-ley 1/2024, de 28 de mayo, de ayudas extraordinarias al sector del viñedo
de secano y a las Agrupaciones Técnicas de Sanidad Vegetal por asesoramiento técnico en
materia de sanidad vegetal y de medidas en materia de juego, simplificación administrativa,
cooperativas, tasas y precios públicos (DOE núm. 108, de 5 de junio).
Artículo 9. Solicitud, documentación y plazo de presentación.
1. L
a presentación de solicitudes podrá realizarse:
Para las personas físicas, directamente o por medio de representante, en su caso, no obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos, estará habilitada la presentación
presencial en cualquiera de los registros y oficinas a los que hace referencia el artículo 7.1
del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro
Único, y la presentación telemática se realizará de forma electrónica a través del punto de
acceso general electrónico (https://www.juntaex.es/w/0691724) dentro de la ficha correspondiente al trámite desde donde se habilitará el acceso a la sede electrónica asociada para
presentar la solicitud, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y
dicha solicitud de dirigirá a la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía,
Empleo y Transformación Digital.
Para las personas jurídicas y las agrupaciones de personas físicas y jurídicas, cualquiera
que sea la forma jurídica que adopten y las comunidades de bienes, siendo sujetos obligados a relacionarse a través de medios electrónicos, las solicitudes se tramitarán de forma
electrónica a través del punto de acceso general electrónico