Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Actividad Empresarial. Ayudas. (2024040125)
Decreto 79/2024, de 23 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la realización de inversiones en modernización por parte de personas trabajadoras autónomas y micropymes de Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 163
Jueves 22 de agosto de 2024
41396
De acuerdo con lo señalado en el Decreto 234/2023, de 12 de septiembre, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Di
gital, le corresponde a la Dirección General de Empresa, entre otras funciones, el desarrollo
y ejecución de programas de ayudas dirigidas a incentivar las inversiones productivas de las
empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, en su fase tanto de creación, ampliación,
traslado como modernización.
Actualmente desde la Dirección General de Empresa se viene gestionando, en este ámbito,
un programa de ayudas a la inversión regulado a través del Decreto 1/2023, de 11 de enero,
por el que se establece un régimen de incentivos autonómicos a la inversión empresarial en
el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Este programa de ayudas a inversiones productivas se dirige a proyectos de cuantía superior a
25.000 euros. Este importe mínimo constituye un importante obstáculo para facilitar el acceso
a los autónomos/as y microempresas de menor tamaño, dada su menor capacidad de inver
sión, teniendo además unas necesidades más limitadas. Es por ello, por lo que se considera
necesario desarrollar un nuevo programa de ayudas que, con carácter complementario, se
dirija a apoyar la modernización de este tipo de empresas que no tengan una estructura de
personal superior a tres personas trabajadoras.
De este modo el presente programa se dirige a subvencionar a este tipo de microempresas
la realización de inversiones en maquinaria que bien vaya dirigida a la producción y transfor
mación del producto manufacturado, que sean equipamientos orientados a la automatización
y/o optimización de los procesos productivos, que se traten de inversiones dirigidas a mejorar
la calidad, el control y/o la trazabilidad de los procesos productivos de la empresa o bien que
sean equipamientos que presenten un marcado componente tecnológico e innovador.
Todo ello con el enfoque fundamental de que las personas trabajadoras autónomas y mi
croempresas más reducidas puedan incrementar su capacidad productiva, puedan crecer y en
definitiva puedan ganar en competitividad.
El programa de ayudas está abierto a la participación de pymes de prácticamente todos los
sectores empresariales, a excepción del sector primario, otros sectores que ya cuentan con la
posibilidad de acceder a otros incentivos de carácter similar, así como determinadas activida
des restringidas por la normativa comunitaria.
En cuanto al procedimiento de concesión de las ayudas, se contempla que las mismas serán
otorgadas a través de un régimen de concesión directa mediante convocatoria abierta, en
virtud del cual las ayudas se irán concediendo conforme se vayan solicitando por las personas
y entidades interesadas, en base a los requisitos establecidos en la normativa aplicable y
siempre que exista crédito suficiente.
Jueves 22 de agosto de 2024
41396
De acuerdo con lo señalado en el Decreto 234/2023, de 12 de septiembre, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Di
gital, le corresponde a la Dirección General de Empresa, entre otras funciones, el desarrollo
y ejecución de programas de ayudas dirigidas a incentivar las inversiones productivas de las
empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, en su fase tanto de creación, ampliación,
traslado como modernización.
Actualmente desde la Dirección General de Empresa se viene gestionando, en este ámbito,
un programa de ayudas a la inversión regulado a través del Decreto 1/2023, de 11 de enero,
por el que se establece un régimen de incentivos autonómicos a la inversión empresarial en
el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Este programa de ayudas a inversiones productivas se dirige a proyectos de cuantía superior a
25.000 euros. Este importe mínimo constituye un importante obstáculo para facilitar el acceso
a los autónomos/as y microempresas de menor tamaño, dada su menor capacidad de inver
sión, teniendo además unas necesidades más limitadas. Es por ello, por lo que se considera
necesario desarrollar un nuevo programa de ayudas que, con carácter complementario, se
dirija a apoyar la modernización de este tipo de empresas que no tengan una estructura de
personal superior a tres personas trabajadoras.
De este modo el presente programa se dirige a subvencionar a este tipo de microempresas
la realización de inversiones en maquinaria que bien vaya dirigida a la producción y transfor
mación del producto manufacturado, que sean equipamientos orientados a la automatización
y/o optimización de los procesos productivos, que se traten de inversiones dirigidas a mejorar
la calidad, el control y/o la trazabilidad de los procesos productivos de la empresa o bien que
sean equipamientos que presenten un marcado componente tecnológico e innovador.
Todo ello con el enfoque fundamental de que las personas trabajadoras autónomas y mi
croempresas más reducidas puedan incrementar su capacidad productiva, puedan crecer y en
definitiva puedan ganar en competitividad.
El programa de ayudas está abierto a la participación de pymes de prácticamente todos los
sectores empresariales, a excepción del sector primario, otros sectores que ya cuentan con la
posibilidad de acceder a otros incentivos de carácter similar, así como determinadas activida
des restringidas por la normativa comunitaria.
En cuanto al procedimiento de concesión de las ayudas, se contempla que las mismas serán
otorgadas a través de un régimen de concesión directa mediante convocatoria abierta, en
virtud del cual las ayudas se irán concediendo conforme se vayan solicitando por las personas
y entidades interesadas, en base a los requisitos establecidos en la normativa aplicable y
siempre que exista crédito suficiente.