Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2024062727)
Resolución de 9 de agosto de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos del Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del "I Convenio Colectivo del Sector de Empresas de Servicios Funerarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura 2024-2026".
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NÚMERO 162
41340
Miércoles 21 de agosto de 2024
2. L
a clasificación profesional se efectuará atendiendo fundamentalmente a los criterios que
se fijan para la existencia del grupo profesional, es decir, aptitudes profesionales, titulaciones y contenido general de la prestación, pudiendo incluir distintas tareas, funciones,
especialidades profesionales o responsabilidades asignadas a la persona trabajadora.
3. Todos los trabajadores serán adscritos a una determinada división funcional y a un grupo
profesional. Ambas circunstancias definirán su posición en el esquema organizativo de cada
empresa. Dentro de cada empresa, de acuerdo con sus propios sistemas de organización,
podrán establecerse las divisiones funcionales que se estimen convenientes o necesarias,
dependiendo de su tamaño y actividad, pudiendo, por lo tanto, aumentar o disminuir su
número.
4. A
tendiendo a estas especificaciones, las plantillas a que se refiere el presente Convenio
Colectivo se encuadrarán en los siguientes grupos, subgrupos y niveles:
FUNCIÓN
NIVELES
Personal con alto grado de autonomía, iniciativa y responsabilidad. Participa en la definición de los objetivos
a alcanzar en un campo o área determinado y establece normas, guías y estrategias conforme a los principios
de la Empresa. Coordina, planifica y dirige las funciones
realizadas por los colaboradores a su cargo, y responde
de su formación, en el ámbito funcional y territorial que
le corresponda.
Nivel 1.- Directores Generales o
Directores Gerentes. Nivel 2.Directores de Unidad, Área o departamento Nivel 3.- Directores
Territoriales, o Gerentes
Personal a las órdenes inmediatas del Grupo I de la Empresa, teniendo a su cargo con propia iniciativa y responsabilidad un grupo de trabajadores, cuidando la distribución y calidad de los trabajos encomendados al grupo,
y de la disciplina, rendimiento y asistencia del personal
asignado al mismo, debiendo realizar trabajos de su grupo, haciéndolos compatibles en el tiempo con sus funciones de control y vigilancia.
Nivel 1.- Responsable territorial.
Nivel 2.- Responsable de Departamento.
Nivel 3.- Encargado
GRUPO I
DIRECTIVOS
GRUPO II
MANDOS
INTERMEDIOS
GRUPO III
TECNICOS
ADMINISTRATIVOS
Es el empleado que, en posesión de los conocimientos
teóricos y prácticos necesarios para el tráfico mercantil,
realiza los trabajos que requieren propia iniciativa, tales
como redacción de estadísticas, confección y cálculos de Nivel 1.- Oficial 1ª administrativo.
nóminas, documentos, gestión de expedientes administrativos, facturación, asientos contables, gestiones de información, liquidaciones de seguros sociales, etc.
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Miércoles 21 de agosto de 2024
2. L
a clasificación profesional se efectuará atendiendo fundamentalmente a los criterios que
se fijan para la existencia del grupo profesional, es decir, aptitudes profesionales, titulaciones y contenido general de la prestación, pudiendo incluir distintas tareas, funciones,
especialidades profesionales o responsabilidades asignadas a la persona trabajadora.
3. Todos los trabajadores serán adscritos a una determinada división funcional y a un grupo
profesional. Ambas circunstancias definirán su posición en el esquema organizativo de cada
empresa. Dentro de cada empresa, de acuerdo con sus propios sistemas de organización,
podrán establecerse las divisiones funcionales que se estimen convenientes o necesarias,
dependiendo de su tamaño y actividad, pudiendo, por lo tanto, aumentar o disminuir su
número.
4. A
tendiendo a estas especificaciones, las plantillas a que se refiere el presente Convenio
Colectivo se encuadrarán en los siguientes grupos, subgrupos y niveles:
FUNCIÓN
NIVELES
Personal con alto grado de autonomía, iniciativa y responsabilidad. Participa en la definición de los objetivos
a alcanzar en un campo o área determinado y establece normas, guías y estrategias conforme a los principios
de la Empresa. Coordina, planifica y dirige las funciones
realizadas por los colaboradores a su cargo, y responde
de su formación, en el ámbito funcional y territorial que
le corresponda.
Nivel 1.- Directores Generales o
Directores Gerentes. Nivel 2.Directores de Unidad, Área o departamento Nivel 3.- Directores
Territoriales, o Gerentes
Personal a las órdenes inmediatas del Grupo I de la Empresa, teniendo a su cargo con propia iniciativa y responsabilidad un grupo de trabajadores, cuidando la distribución y calidad de los trabajos encomendados al grupo,
y de la disciplina, rendimiento y asistencia del personal
asignado al mismo, debiendo realizar trabajos de su grupo, haciéndolos compatibles en el tiempo con sus funciones de control y vigilancia.
Nivel 1.- Responsable territorial.
Nivel 2.- Responsable de Departamento.
Nivel 3.- Encargado
GRUPO I
DIRECTIVOS
GRUPO II
MANDOS
INTERMEDIOS
GRUPO III
TECNICOS
ADMINISTRATIVOS
Es el empleado que, en posesión de los conocimientos
teóricos y prácticos necesarios para el tráfico mercantil,
realiza los trabajos que requieren propia iniciativa, tales
como redacción de estadísticas, confección y cálculos de Nivel 1.- Oficial 1ª administrativo.
nóminas, documentos, gestión de expedientes administrativos, facturación, asientos contables, gestiones de información, liquidaciones de seguros sociales, etc.