Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Industrias Agrarias. Subvenciones. (2024040137)
Decreto 87/2024, de 30 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de concesión de incentivos agroindustriales en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el apoyo a inversiones destinadas a la transformación y comercialización de productos agrícolas, y se aprueba su única convocatoria.
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NÚMERO 161
Martes 20 de agosto de 2024

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2. Las cantidades que deban ser objeto de reintegro tendrán la consideración de ingresos de
derecho público a los efectos legales oportunos.
3. C
 uando la empresa beneficiaria realice una declaración falsa, la inversión quedará excluida
de la ayuda y se recuperarán todos los importes que se hayan abonado por dicha operación.
4. Las reducciones y exclusiones que resulten procedentes se aplicarán a los gastos no subvencionables detectados durante los controles previstos en el Reglamento (UE) n.º 809/2014
de la Comisión, de 17 de julio de 2014.
5. En todo caso, el régimen sancionador será el establecido en el título V de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y será independiente de la obligación de reintegro de la subvención que en su caso resulte exigible.
Artículo 27. Procedimiento para declarar la pérdida del derecho a la subvención y el
reintegro de las cantidades percibidas.
1. El procedimiento de incumplimiento y, en su caso, reintegro se regirá por lo dispuesto en el
título III de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
2. La propuesta de resolución será formulada por la persona titular de la Dirección General en
materia de políticas agrarias comunitarias quien la remitirá a la persona titular de la Secretaria competente en materia de agricultura para que adopte la resolución que proceda.
Artículo 28. Incumplimiento de condiciones y graduación de su alcance.
1. E
 n todo caso, el alcance del incumplimiento será total en los siguientes casos:
a) La obtención de una subvención falseando las condiciones requeridas para su concesión
u ocultando las que la hubiesen impedido o limitado.
b) Incumplimiento de la finalidad para la que la subvención fuera concedida.
c) Traslado de las inversiones sin previa autorización.
d) No inscripción en los Registros Oficiales exigidos por la legislación de desarrollo de la
actividad subvencionada.
e) N
 o acreditación por la beneficiaria de hallarse al corriente en el cumplimiento de las
obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones
vigentes o tener cualquier deuda con la Hacienda de la Comunidad Autónoma.