Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062719)
Resolución de 12 de agosto de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter anual a favor de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para el desarrollo del Programa de Internacionalización de la Pyme Innovadora (2I).
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NÚMERO 160
Lunes 19 de agosto de 2024

40951

dad Social y los realizados a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, ordenados
conforme a la naturaleza del gasto. Dicha memoria, se remitirá a la Secretaría General
de Economía, Empresa y Comercio, en fichero electrónico.
La memoria económica contendrá un certificado del representante legal de la entidad
de acuerdo con el Anexo 1, acompañado del Anexo 2: CUADRO RESUMEN DE ACTUACIONES DE LA TRANSFERENCIA, entendida como operación de pago, con identificación
de los gastos según su naturaleza conforme al modelo de certificado.
Adicionalmente al cuadro resumen, y después de éste, se relacionarán los gastos y
pagos de forma pormenorizada, conforme al ANEXO 3: RELACIÓN DE FACTURAS IMPUTADAS Y JUSTIFICANTES DE PAGO.
Referente al personal imputado a la transferencia, se justificará mediante certificado
conforme al ANEXO 4: GASTOS DE PERSONAL IMPUTADO A LA TRANSFERENCIA. Del
mismo modo, para dejar evidencia suficiente del coste de personal, se aportarán los
documentos acreditativos del trabajo realizado individualizado por cada trabajador imputado a la transferencia, firmado por el trabajador y el responsable del área, conforme
al ANEXO 5: PARTES DE TRABAJO DEL PERSONAL IMPUTADO A LA TRANSFERENCIA.
Con relación a la liquidación de dietas y desplazamientos se deberá especificar con claridad y precisión el objeto o realización de la actividad que motivan el gasto, conforme
al ANEXO 6: DIETAS Y DESPLAZAMIENTOS DE CADA TRABAJADOR IMPUTADO A LA
TRANSFERENCIA.
En los costes del personal que desarrolle sus funciones en varios proyectos/actividades,
se deberá especificar las tareas realizadas y el tiempo dedicado a las mismas, así como
el criterio para su correcta imputación al programa 2I, proporcionando evidencias relativas a la dedicación efectiva.
b) Memoria técnica:
Contendrá la descripción pormenorizada de las actividades realizadas con desglose de
las operaciones ejecutadas (reuniones, eventos, foros, jornadas, misiones, etc.), así
como los objetivos perseguidos en cada una de estas, acompañada de la información
documental y gráfica producida. Todo ello sin perjuicio de la documentación original que
pudiera requerir el órgano gestor en el momento de la justificación para aclaración de
esta.
La fecha límite para presentar la memoria técnica será el 31 de marzo de cada anualidad, tal y como se establece en la cláusula quinta del convenio.