Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062719)
Resolución de 12 de agosto de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter anual a favor de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para el desarrollo del Programa de Internacionalización de la Pyme Innovadora (2I).
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NÚMERO 160
Lunes 19 de agosto de 2024

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de Extremadura indicando el importe no justificado. De no proceder a la devolución de la
cantidad señalada antes de 10 días hábiles, se iniciará el procedimiento de reintegro con
la exigencia del interés de legal correspondiente desde el momento del pago de la transferencia hasta la fecha en la que se ha acordado la procedencia del reintegro.
4. D
 e no reintegrarse voluntariamente las cantidades que se determinen, se acudirá a la vía
ejecutiva.
Novena. Comisión de Seguimiento.
1. C
 on el fin de facilitar la coordinación y el desarrollo del presente convenio se constituirá una
Comisión de Seguimiento, que estará formada por dos representantes de la Consejería de
Economía, Empleo y Transformación Digital y dos representantes de Extremadura Avante
Servicios Avanzados a Pymes, SLU designados por quienes suscriben el presente convenio.
2. E
 l régimen jurídico de esta Comisión de Seguimiento será el establecido en la Sección 3ª,
Capítulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
3. L
 a Presidencia de la Comisión de Seguimiento corresponde a uno de los representantes de
la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital de la Junta de Extremadura,
ostentando voto de calidad en caso de empate. El ejercicio de las funciones de secretario
de la Comisión de Seguimiento corresponderá a uno de los representantes de Extremadura
Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU.
La Comisión de Seguimiento establecerá las directrices básicas de organización y funcionamiento del presente convenio.
4. L
 a Comisión de Seguimiento tendrá entre otras las siguientes funciones:
a) Realizar el seguimiento de las actividades y operaciones ejecutadas en virtud de la presente transferencia, verificando su adecuada progresión hacia los objetivos establecidos
anualmente.
b) Aclarar y resolver cuantas dudas y controversias pudieran surgir en la interpretación y
ejecución del presente convenio.
d) Informar sobre la posibilidad de renunciar, prevista en la cláusula séptima del presente
convenio.
e) R
 ecabar la información que sea razonable para el seguimiento de las actividades tanto
en los aspectos científicos y técnicos como en los económicos y organizativos, debiendo