Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Investigación. Ayudas. (2024040082)
Decreto 50/2024, de 4 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la contratación de Personal Investigador Doctor en el Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación y se aprueba la primera convocatoria.
65 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 160
Lunes 19 de agosto de 2024

40852

Artículo 3. Beneficiarios de las ayudas y requisitos.
1. P
 odrán ser beneficiarios de estas ayudas los siguientes agentes SECTI:
a) Universidad de Extremadura (en adelante, UEX).
b) Centros Públicos de I+D+I de Extremadura.
c) Las Fundaciones Públicas que actúen como gestoras de las actividades de investigación
de los centros adscritos a la Junta de Extremadura que realicen actividades I+D+I.
2. P
 ara obtener la condición de beneficiario, los agentes SECTI deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura y no estar incurso en ninguna de las causas de
prohibición contenidas en el artículo 12.2. La justificación de estos extremos se realizará
mediante declaración responsable, que se incluirá en el modelo de solicitud que acompañe
a la convocatoria.
3. L
 as entidades beneficiarias deberán hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con
el Estado y en sus obligaciones con la Seguridad Social, así como no tener deudas con la
Hacienda de la Comunidad Autónoma, mediante certificación administrativa emitida por los
organismos competentes, que se recabará de oficio por la Administración, circunstancias
que deberán autorizar expresamente en el apartado correspondiente del anexo destinado
al efecto que acompañe a la convocatoria. En otro caso, el interesado deberá presentar las
certificaciones correspondientes, que tendrán validez durante el plazo de seis meses a contar desde la fecha de expedición, salvo que reglamentariamente se establezca otro plazo.
Dichas certificaciones podrán sustituirse por una declaración responsable conforme al modelo del anexo destinado al efecto en base a lo establecido en el apartado a) del artículo
12.8 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
Artículo 4. Requisitos del personal investigador doctor.
1. Todo personal investigador interesado en obtener un contrato con uno de los agentes SECTI beneficiarios deberá cumplir los siguientes requisitos para su admisión en el proceso
selectivo:
a) Estar en posesión del título de Doctor o Doctora por la UEX o bien estar en posesión del
título de Doctor o Doctora por otra universidad.
Para los doctorados por otra universidad, se requiere haber nacido en Extremadura o ser
residente actualmente en esta comunidad autónoma con una antigüedad de al menos
un año.