Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Investigación. Ayudas. (2024040082)
Decreto 50/2024, de 4 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la contratación de Personal Investigador Doctor en el Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación y se aprueba la primera convocatoria.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 160
Lunes 19 de agosto de 2024
40853
Estos requisitos deberán cumplirse a fecha de presentación de la inscripción.
b) No haber transcurrido más de seis años entre la fecha de obtención del título de Doctor
o Doctora y la de finalización del plazo de presentación de inscripciones. Se entenderá
como fecha de obtención del título de Doctor o Doctora, la fecha del acto de defensa y
aprobación de la tesis doctoral.
c) No haber sido beneficiario de una contratación de similares características a las de estas
ayudas por un periodo de más de un año de duración. Este extremo será acreditado mediante declaración responsable que figurará en el formulario de inscripción del personal
investigador.
Se entenderá por contratación de similares características, contratos de acceso de personal investigador doctor suscritos como consecuencia de un procedimiento de concurrencia
competitiva y que hayan tenido una duración superior a un año.
2. T
odos los interesados deberán disponer de certificado digital o DNI electrónico que permitan garantizar su identidad y realizar la firma electrónica para la cumplimentación y tramitación de la inscripción. En el caso de no disponer de ellos, podrán obtenerlos a través de
la página web https://www.cert.fnmt.es// y
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009.
3. E
n la inscripción, deberá hacerse constar en el apartado destinado al efecto si opta por el
turno general o el turno destinado a personas con discapacidad.
Artículo 5. Inscripción de personal investigador. Procedimiento y plazo.
1. El personal investigador doctor que pretenda participar en estas ayudas deberá estar inscrito, con antelación a la apertura del plazo de presentación de solicitudes, a través de la
sede electrónica de la Junta de Extremadura.
2. L
a inscripción del personal investigador se realizará utilizando el trámite con Código P6805,
disponible en la Sede Electrónica. Solo serán válidas las inscripciones realizadas por este
medio.
3. Q
uienes pretendan participar por el turno de personas con discapacidad deberán hacerlo
constar en el apartado correspondiente de su solicitud de inscripción. Como tal deberán
tener y acreditar una discapacidad igual o superior al 33% en el momento de presentar la
referida solicitud de inscripción.
4. E
l documento de inscripción deberá firmarse y registrarse electrónicamente por el personal investigador doctor. No se considerarán válidas aquellas inscripciones que no estén
firmadas.
Lunes 19 de agosto de 2024
40853
Estos requisitos deberán cumplirse a fecha de presentación de la inscripción.
b) No haber transcurrido más de seis años entre la fecha de obtención del título de Doctor
o Doctora y la de finalización del plazo de presentación de inscripciones. Se entenderá
como fecha de obtención del título de Doctor o Doctora, la fecha del acto de defensa y
aprobación de la tesis doctoral.
c) No haber sido beneficiario de una contratación de similares características a las de estas
ayudas por un periodo de más de un año de duración. Este extremo será acreditado mediante declaración responsable que figurará en el formulario de inscripción del personal
investigador.
Se entenderá por contratación de similares características, contratos de acceso de personal investigador doctor suscritos como consecuencia de un procedimiento de concurrencia
competitiva y que hayan tenido una duración superior a un año.
2. T
odos los interesados deberán disponer de certificado digital o DNI electrónico que permitan garantizar su identidad y realizar la firma electrónica para la cumplimentación y tramitación de la inscripción. En el caso de no disponer de ellos, podrán obtenerlos a través de
la página web https://www.cert.fnmt.es// y
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009.
3. E
n la inscripción, deberá hacerse constar en el apartado destinado al efecto si opta por el
turno general o el turno destinado a personas con discapacidad.
Artículo 5. Inscripción de personal investigador. Procedimiento y plazo.
1. El personal investigador doctor que pretenda participar en estas ayudas deberá estar inscrito, con antelación a la apertura del plazo de presentación de solicitudes, a través de la
sede electrónica de la Junta de Extremadura.
2. L
a inscripción del personal investigador se realizará utilizando el trámite con Código P6805,
disponible en la Sede Electrónica. Solo serán válidas las inscripciones realizadas por este
medio.
3. Q
uienes pretendan participar por el turno de personas con discapacidad deberán hacerlo
constar en el apartado correspondiente de su solicitud de inscripción. Como tal deberán
tener y acreditar una discapacidad igual o superior al 33% en el momento de presentar la
referida solicitud de inscripción.
4. E
l documento de inscripción deberá firmarse y registrarse electrónicamente por el personal investigador doctor. No se considerarán válidas aquellas inscripciones que no estén
firmadas.