Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Investigación. Ayudas. (2024040082)
Decreto 50/2024, de 4 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la contratación de Personal Investigador Doctor en el Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación y se aprueba la primera convocatoria.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 160
Lunes 19 de agosto de 2024
40906
E.3 exhibirán placas o vallas publicitarias resistentes en un lugar bien visible para el
público, en las que figure el emblema de la Unión, de conformidad con las características técnicas que figuran en el anexo IX, tan pronto como comience la ejecución física
de operaciones que impliquen inversiones físicas o se instalen los equipos que se hayan
adquirido, con respecto a operaciones que reciban ayuda cuyo coste total sea superior
a 100 000 EUR;
E.4 para las operaciones que no se incluyan en el apartado anterior, exhibirán en un lugar bien visible para el público al menos un cartel de tamaño mínimo A3 o una pantalla
electrónica equivalente con información sobre la operación donde se destaque la ayuda
de los Fondos. Este requisito no se aplicará en caso de que el beneficiario del FSE+ sea
una persona física, o en el caso de operaciones que reciben ayuda con arreglo al objetivo específico establecido en el artículo 4, apartado 1, letra m), del Reglamento del
FSE+.
E.5 para las operaciones de importancia estratégica organizarán una actividad o acto
de comunicación, según convenga, y harán participar a la Comisión y a la autoridad de
gestión responsable en su momento oportuno.
F) A
demás se deberán cumplir con las obligaciones recogidas en el anexo IX del Reglamento (UE) 2021/1060 Uso y las características técnicas del emblema de la Unión (en
adelante emblema):
F1. El emblema figurará de manera destacada en todos los materiales de comunicación,
como productos impresos o digitales, sitios web y sus versiones móviles, relativas a la
aplicación de una operación y destinados al público o los participantes.
F2. La declaración “Financiado por la Unión Europea” o “Cofinanciado por la Unión Europea” se escribirá sin abreviar y junto al emblema.
F.3. El tipo de letra que debe utilizarse junto con el emblema puede ser cualquiera de
los siguientes tipos de caracteres: Arial, Auto, Calibri, Garamond, Trebuchet, Tahoma,
Verdana o Ubuntu. No se autoriza el uso de la cursiva, el subrayado ni otros efectos de
resalte.
F.4. La ubicación del texto en relación con el emblema no debe interferir con el emblema en modo alguno.
F.5. El tamaño de los caracteres utilizados deberá ser proporcional al tamaño del
emblema.
Lunes 19 de agosto de 2024
40906
E.3 exhibirán placas o vallas publicitarias resistentes en un lugar bien visible para el
público, en las que figure el emblema de la Unión, de conformidad con las características técnicas que figuran en el anexo IX, tan pronto como comience la ejecución física
de operaciones que impliquen inversiones físicas o se instalen los equipos que se hayan
adquirido, con respecto a operaciones que reciban ayuda cuyo coste total sea superior
a 100 000 EUR;
E.4 para las operaciones que no se incluyan en el apartado anterior, exhibirán en un lugar bien visible para el público al menos un cartel de tamaño mínimo A3 o una pantalla
electrónica equivalente con información sobre la operación donde se destaque la ayuda
de los Fondos. Este requisito no se aplicará en caso de que el beneficiario del FSE+ sea
una persona física, o en el caso de operaciones que reciben ayuda con arreglo al objetivo específico establecido en el artículo 4, apartado 1, letra m), del Reglamento del
FSE+.
E.5 para las operaciones de importancia estratégica organizarán una actividad o acto
de comunicación, según convenga, y harán participar a la Comisión y a la autoridad de
gestión responsable en su momento oportuno.
F) A
demás se deberán cumplir con las obligaciones recogidas en el anexo IX del Reglamento (UE) 2021/1060 Uso y las características técnicas del emblema de la Unión (en
adelante emblema):
F1. El emblema figurará de manera destacada en todos los materiales de comunicación,
como productos impresos o digitales, sitios web y sus versiones móviles, relativas a la
aplicación de una operación y destinados al público o los participantes.
F2. La declaración “Financiado por la Unión Europea” o “Cofinanciado por la Unión Europea” se escribirá sin abreviar y junto al emblema.
F.3. El tipo de letra que debe utilizarse junto con el emblema puede ser cualquiera de
los siguientes tipos de caracteres: Arial, Auto, Calibri, Garamond, Trebuchet, Tahoma,
Verdana o Ubuntu. No se autoriza el uso de la cursiva, el subrayado ni otros efectos de
resalte.
F.4. La ubicación del texto en relación con el emblema no debe interferir con el emblema en modo alguno.
F.5. El tamaño de los caracteres utilizados deberá ser proporcional al tamaño del
emblema.