Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Investigación. Ayudas. (2024040082)
Decreto 50/2024, de 4 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la contratación de Personal Investigador Doctor en el Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 160
Lunes 19 de agosto de 2024
40868
ii) Póliza de seguro de salud suscrita. Esta justificación se aportará solo en caso de que
los investigadores no dispongan de cobertura de la Seguridad Social en el país donde
realicen la actividad.
iii) Certificado emitido por el centro receptor extranjero en el que conste la fecha cierta
de incorporación del personal investigador. Este certificado deberá incluir la jornada
laboral a la que estará sujeto el investigador.
c. Tercer pago. Se abonará una vez justificada la segunda anualidad, esta justificación
deberá realizarse antes del 31 de enero de la tercera anualidad.
Este pago comprenderá el importe justificado y no abonado del segundo año natural
(máximo un 30%), así como el 70 % de los salarios correspondientes a los meses restantes del año natural de la tercera anualidad.
Junto a esta segunda justificación, además de la justificación económica correspondiente, se aportará:
Justificación científico-técnica intermedia, que será realizada por el investigador doctor,
esta se formalizará cumplimentando el formulario oficial correspondiente disponible en
la sede electrónica corporativa.
El pago de la segunda y tercera anualidad quedará supeditado a la previa justificación
de los importes abonados en la anualidad anterior.
d) Cuarto pago. Se abonará una vez justificada la tercera anualidad, esta justificación deberá realizarse en el plazo de 60 días hábiles a contar desde la finalización de la tercera
anualidad.
Este pago comprenderá el importe justificado y no abonado del tercer año natural y el
importe correspondiente a los gastos del viaje de vuelta.
J unto a esta tercera justificación, además de la justificación económica correspondiente,
se aportará lo siguiente:
i) Documento de incorporación al agente SECTI, firmado por la persona competente.
ii) Documento emitido por la universidad o centro de investigación receptor que acredite la realización de la estancia por el investigador, donde se especifique la duración
de la misma, la jornada laboral realizada y la consecución de los objetivos del proyecto desarrollado.
Lunes 19 de agosto de 2024
40868
ii) Póliza de seguro de salud suscrita. Esta justificación se aportará solo en caso de que
los investigadores no dispongan de cobertura de la Seguridad Social en el país donde
realicen la actividad.
iii) Certificado emitido por el centro receptor extranjero en el que conste la fecha cierta
de incorporación del personal investigador. Este certificado deberá incluir la jornada
laboral a la que estará sujeto el investigador.
c. Tercer pago. Se abonará una vez justificada la segunda anualidad, esta justificación
deberá realizarse antes del 31 de enero de la tercera anualidad.
Este pago comprenderá el importe justificado y no abonado del segundo año natural
(máximo un 30%), así como el 70 % de los salarios correspondientes a los meses restantes del año natural de la tercera anualidad.
Junto a esta segunda justificación, además de la justificación económica correspondiente, se aportará:
Justificación científico-técnica intermedia, que será realizada por el investigador doctor,
esta se formalizará cumplimentando el formulario oficial correspondiente disponible en
la sede electrónica corporativa.
El pago de la segunda y tercera anualidad quedará supeditado a la previa justificación
de los importes abonados en la anualidad anterior.
d) Cuarto pago. Se abonará una vez justificada la tercera anualidad, esta justificación deberá realizarse en el plazo de 60 días hábiles a contar desde la finalización de la tercera
anualidad.
Este pago comprenderá el importe justificado y no abonado del tercer año natural y el
importe correspondiente a los gastos del viaje de vuelta.
J unto a esta tercera justificación, además de la justificación económica correspondiente,
se aportará lo siguiente:
i) Documento de incorporación al agente SECTI, firmado por la persona competente.
ii) Documento emitido por la universidad o centro de investigación receptor que acredite la realización de la estancia por el investigador, donde se especifique la duración
de la misma, la jornada laboral realizada y la consecución de los objetivos del proyecto desarrollado.