Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Investigación. Ayudas. (2024040082)
Decreto 50/2024, de 4 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la contratación de Personal Investigador Doctor en el Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 160
Lunes 19 de agosto de 2024

40864

a) La persona que ostente la jefatura de servicio con competencias en materia de I+D+I
pública, que ejercerá la presidencia.
b) Actuarán como vocales dos personas titulares de jefatura de sección y dos personas que
ostenten el puesto de personal técnico, con competencias en materia de I+D+I pública.
Las funciones de secretaría, con voz y voto, serán desempeñadas por una de las personas
titulares de la jefatura de sección adscritas.
3. L
 a Comisión de Valoración se regirá en cuanto a su constitución y funcionamiento por lo
dispuesto para los órganos colegiados en el del título preliminar, capítulo II, sección 3.ª de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
4. D
 e acuerdo con las normas establecidas para la prevención del fraude, todas las personas
que intervengan en el procedimiento de selección de beneficiarios y verificación del cumplimiento de condiciones, reforzarán su implicación en este objetivo a través de una declaración de ausencia de conflictos de intereses (DACI), según el anexo III de estas bases
reguladoras, comprometiéndose a mantenerla actualizada en el caso de que se modifique
la situación respecto de la declaración original, motivo que les impedirá participar en el
procedimiento.
Artículo 13. Cuantía de las ayudas y gastos subvencionables.
Los gastos subvencionables serán los siguientes:
a) Costes laborales:
Costes de salario de contratos de acceso de personal investigador doctor, con dedicación
a tiempo completo y por un periodo de tres años de duración, entre agentes SECTI y
personal investigador que se encuentre en posesión del título de Doctor o Doctora, conforme a lo establecido en el artículo 22 de Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la
Tecnología y la Innovación.
El coste anual de los contratos será calculado conforme a lo indicado en las tablas salariales, que resulten de aplicación en cada convocatoria, del Convenio Colectivo de
ámbito estatal para los centros de educación universitaria e investigación.
La cuantía máxima por contratación se especificará en cada convocatoria.
El agente SECTI contratante deberá asumir cualquier coste de contratación que exceda
de la ayuda concedida, derivado de incrementos retributivos de los salarios del personal
investigador contratado, de incrementos de la cuota empresarial de la Seguridad Social,