Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2024062708)
Resolución de 9 de agosto de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación a Ciclos Formativos de Grado Medio y Grado Superior en modalidad virtual, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2024/2025.
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NÚMERO 159
Viernes 16 de agosto de 2024
40728
6. E
l artículo 11 del Real Decreto 278/2023, de 11 de abril, por el que se establece el calendario de implantación del Sistema de Formación Profesional establecido por la Ley Orgánica
3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional (BOE
núm. 87, de 12 de abril de 2023) y lo indicado en la disposición transitoria séptima del Real
Decreto 659/2023, de 18 de julio, obligan a ofertar los módulos profesionales adaptados a
la ordenación de este último real decreto, indicados en los anexos 1 a 38 de la Instrucción
12/2024, para los correspondientes Ciclos Formativos de Grado Medio y los anexos 1 a 57
de la Instrucción 13/2024, para Grado Superior.
7. A
l alumnado que, con matrícula activa durante el curso 2023/2024, solo le quede por
superar el módulo de Formación en Centros de Trabajo (FCT) y/o Proyecto, se le permite
formalizar la misma en los términos recogidos en la Resolución de 20 de mayo de 2024, de
la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que
se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para cursar Ciclos Formativos de
Grado Medio y Grado Superior, en modalidad presencial completa, en centros sostenidos
con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso
2024/2025 (DOE núm. 100, de 24 de mayo de 2024).
8. D
el mismo modo, para facilitar la finalización de los estudios, el alumnado que estuviera
matriculado en el curso 2023/2024 en estas enseñanzas y al finalizar el mismo tuviera
pendiente de superar uno o varios módulos profesionales, podrá elegir su permanencia en
el marco del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación
general de la formación profesional del sistema educativo (BOE núm. 182, de 30 de julio
de 2011), o bien incorporarse al plan de estudios establecido en el Real Decreto 659/2023,
de 18 de julio, en las condiciones establecidas en el resuelvo vigésimo segundo de esta
resolución.
9. L
os Ciclos Formativos de Grado Medio y Grado Superior en modalidad virtual que se imparten en la Comunidad Autónoma de Extremadura se recogen en los anexos I y II, respectivamente.
Tercero. Calendario de actuaciones en el procedimiento de admisión y matriculación.
El calendario de actuaciones previsto para el procedimiento de admisión y matriculación en
los Ciclos Formativos de Grado Medio y Grado Superior será el establecido en el anexo III de
esta resolución.
Cuarto. Comisión Provincial de Escolarización.
1. L
a Comisión Provincial de Escolarización, que cada Delegación Provincial de Educación
constituya para la modalidad presencial con anterioridad al comienzo del periodo de solici-
Viernes 16 de agosto de 2024
40728
6. E
l artículo 11 del Real Decreto 278/2023, de 11 de abril, por el que se establece el calendario de implantación del Sistema de Formación Profesional establecido por la Ley Orgánica
3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional (BOE
núm. 87, de 12 de abril de 2023) y lo indicado en la disposición transitoria séptima del Real
Decreto 659/2023, de 18 de julio, obligan a ofertar los módulos profesionales adaptados a
la ordenación de este último real decreto, indicados en los anexos 1 a 38 de la Instrucción
12/2024, para los correspondientes Ciclos Formativos de Grado Medio y los anexos 1 a 57
de la Instrucción 13/2024, para Grado Superior.
7. A
l alumnado que, con matrícula activa durante el curso 2023/2024, solo le quede por
superar el módulo de Formación en Centros de Trabajo (FCT) y/o Proyecto, se le permite
formalizar la misma en los términos recogidos en la Resolución de 20 de mayo de 2024, de
la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que
se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para cursar Ciclos Formativos de
Grado Medio y Grado Superior, en modalidad presencial completa, en centros sostenidos
con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso
2024/2025 (DOE núm. 100, de 24 de mayo de 2024).
8. D
el mismo modo, para facilitar la finalización de los estudios, el alumnado que estuviera
matriculado en el curso 2023/2024 en estas enseñanzas y al finalizar el mismo tuviera
pendiente de superar uno o varios módulos profesionales, podrá elegir su permanencia en
el marco del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación
general de la formación profesional del sistema educativo (BOE núm. 182, de 30 de julio
de 2011), o bien incorporarse al plan de estudios establecido en el Real Decreto 659/2023,
de 18 de julio, en las condiciones establecidas en el resuelvo vigésimo segundo de esta
resolución.
9. L
os Ciclos Formativos de Grado Medio y Grado Superior en modalidad virtual que se imparten en la Comunidad Autónoma de Extremadura se recogen en los anexos I y II, respectivamente.
Tercero. Calendario de actuaciones en el procedimiento de admisión y matriculación.
El calendario de actuaciones previsto para el procedimiento de admisión y matriculación en
los Ciclos Formativos de Grado Medio y Grado Superior será el establecido en el anexo III de
esta resolución.
Cuarto. Comisión Provincial de Escolarización.
1. L
a Comisión Provincial de Escolarización, que cada Delegación Provincial de Educación
constituya para la modalidad presencial con anterioridad al comienzo del periodo de solici-