Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2024062708)
Resolución de 9 de agosto de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación a Ciclos Formativos de Grado Medio y Grado Superior en modalidad virtual, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2024/2025.
106 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 159
Viernes 16 de agosto de 2024

40745

b. N
 o serán susceptibles de convalidación:


i. El periodo de formación en empresa u organismo equiparado, pues sólo podrá ser
objeto de exención total o parcial.



ii. El módulo profesional de Proyecto Intermodular.



iii. El módulo de Inglés Profesional entre Ciclos Formativos de Grado Medio y Grado
Superior.



iv. El módulo de Digitalización aplicada a los sectores productivos, entre Ciclos Formativos de Grado Medio y Grado Superior.

4. S
 alvo oposición expresa, los centros educativos procederán a la convalidación de oficio
de los módulos profesionales para los que exista información académica en la Plataforma
Educativa Rayuela cuando se trate de alumnado de nuevo ingreso o que haya optado por
el cambio de plan de estudios. En caso contrario, tendrá la obligación de aportar la documentación justificativa a la que se refiere el resuelvo décimo cuarto.
5. L
 os artículos 131 y 161 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, establecen la posibilidad
de que el alumnado solicite la exención del periodo de estancia en empresa u organismo
equiparado. Para ello, será necesario que acredite, mediante la documentación recogida en
el resuelvo décimo cuarto, en relación con la enseñanza en la que se encuentre matriculado, una experiencia laboral de un año a tiempo completo, o su equivalente.
Vigésimo primero. Matriculación de alumnado de nuevo ingreso.
1. E
 l alumnado que haya obtenido plaza en alguno de los módulos profesionales solicitados,
conforme a lo establecido en el resuelvo décimo noveno, confirmará su matrícula de forma
on-line en la secretaría virtual de la Plataforma Educativa Rayuela, accediendo a ella por
los medios descritos en el resuelvo duodécimo y conforme al modelo del anexo VIII. En
la misma deberá elegir los módulos profesionales en los que desea matricularse, de entre
aquellos en los que hubiera obtenido plaza, respetando el límite máximo de 1000 horas
lectivas.
2. D
 urante el periodo establecido en el calendario de actuaciones, el sistema informático permitirá al alumnado cambiar la opción u opciones consignadas en la matrícula.
3. S
 i a lo largo de este plazo no se procede a su formalización, la persona solicitante quedará
excluida del proceso y la vacante será ocupada por otra en los términos recogidos en el
resuelvo vigésimo cuarto.