Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Sector Vitivinícola. Ayudas. (2024062702)
Resolución de 8 de agosto de 2024, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas a actividades de promoción y comunicación llevadas a cabo en terceros países de la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para el ejercicio FEAGA 2026.
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NÚMERO 159
Viernes 16 de agosto de 2024
40677
Además, le corresponde la promoción e impulso de la participación del sector productivo agrario en iniciativas de transformación y comercialización de la producción agropecuaria; la promoción de las técnicas y procesos agroalimentarios entre los distintos colectivos afectados;
la dirección y coordinación de la actividad administrativa en materia de seguridad alimentaria
de la producción primaria; la promoción y fomento de los seguros agrarios, así como la tramitación de las ayudas que se establezcan con tal fin; el apoyo a los titulares de explotaciones
agrarias, las agrupaciones de productores y organizaciones interprofesionales agroalimentarias; proponer y desarrollar líneas de actuación en materia de comercialización y distribución
en los diferentes sectores agroalimentarios; desarrollar las directrices de la política de vertebración sectorial y relaciones contractuales en el ámbito agroalimentario, y la dirección del
Organismo especializado que tenga atribuido el ejercicio de los controles de condicionalidad”.
En concreto, el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece que el procedimiento para la concesión de
subvenciones en régimen de concurrencia competitiva se inicia siempre de oficio mediante
convocatoria aprobada por resolución del titular de la secretaria general competente.
Por ello, previos los trámites legales, en virtud de lo establecido en el artículo 23.1 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Primero. Determinación de la norma que regula las subvenciones y de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Las bases reguladoras de estas subvenciones se establecen en el Decreto 151/2022, de 21
de diciembre, por el que se establecen normas complementarias de las ayudas a actividades
de promoción y comunicación llevadas a cabo en terceros países de la Intervención Sectorial
Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común, y se efectúa la primera convocatoria para el ejercicio FEAGA 2024, publicado en el Diario Oficial de Extremadura
n.º 4, de 5 de enero de 2023.
Segundo. Objeto.
1. La presente resolución tiene por objeto realizar la convocatoria anual de las ayudas destinadas a las acciones de promoción y comunicación, llevadas a cabo en terceros países del
sector vitivinícola, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 905/2022,
de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del
Plan Estratégico de la Política Agrícola Común (BOE n.º 257, de 26 de octubre de 2022),
conforme a las bases reguladoras establecidas en el Decreto 151/2022, de 21 de diciembre, anteriormente citado.
Viernes 16 de agosto de 2024
40677
Además, le corresponde la promoción e impulso de la participación del sector productivo agrario en iniciativas de transformación y comercialización de la producción agropecuaria; la promoción de las técnicas y procesos agroalimentarios entre los distintos colectivos afectados;
la dirección y coordinación de la actividad administrativa en materia de seguridad alimentaria
de la producción primaria; la promoción y fomento de los seguros agrarios, así como la tramitación de las ayudas que se establezcan con tal fin; el apoyo a los titulares de explotaciones
agrarias, las agrupaciones de productores y organizaciones interprofesionales agroalimentarias; proponer y desarrollar líneas de actuación en materia de comercialización y distribución
en los diferentes sectores agroalimentarios; desarrollar las directrices de la política de vertebración sectorial y relaciones contractuales en el ámbito agroalimentario, y la dirección del
Organismo especializado que tenga atribuido el ejercicio de los controles de condicionalidad”.
En concreto, el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece que el procedimiento para la concesión de
subvenciones en régimen de concurrencia competitiva se inicia siempre de oficio mediante
convocatoria aprobada por resolución del titular de la secretaria general competente.
Por ello, previos los trámites legales, en virtud de lo establecido en el artículo 23.1 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Primero. Determinación de la norma que regula las subvenciones y de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Las bases reguladoras de estas subvenciones se establecen en el Decreto 151/2022, de 21
de diciembre, por el que se establecen normas complementarias de las ayudas a actividades
de promoción y comunicación llevadas a cabo en terceros países de la Intervención Sectorial
Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común, y se efectúa la primera convocatoria para el ejercicio FEAGA 2024, publicado en el Diario Oficial de Extremadura
n.º 4, de 5 de enero de 2023.
Segundo. Objeto.
1. La presente resolución tiene por objeto realizar la convocatoria anual de las ayudas destinadas a las acciones de promoción y comunicación, llevadas a cabo en terceros países del
sector vitivinícola, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 905/2022,
de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del
Plan Estratégico de la Política Agrícola Común (BOE n.º 257, de 26 de octubre de 2022),
conforme a las bases reguladoras establecidas en el Decreto 151/2022, de 21 de diciembre, anteriormente citado.