Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Sector Vitivinícola. Ayudas. (2024062702)
Resolución de 8 de agosto de 2024, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas a actividades de promoción y comunicación llevadas a cabo en terceros países de la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para el ejercicio FEAGA 2026.
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NÚMERO 159
Viernes 16 de agosto de 2024

40676

RESOLUCIÓN de 8 de agosto de 2024, de la Secretaría General, por la que
se convocan las ayudas a actividades de promoción y comunicación llevadas
a cabo en terceros países de la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco
del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para el ejercicio FEAGA
2026. (2024062702)
Entre los tipos de intervención elegidos por el Reino de España, del artículo 58.1 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021 se
encuentra el de las actividades de promoción y comunicación en terceros países. Así, el sector
vitivinícola en España precisa de un cambio de orientación para po­tenciar la venta del vino
producido e incrementar su valor añadido, por lo que se focaliza el esfuerzo en las intervenciones de promoción en terceros países e inversiones, dando mayor presencia presupuestaria
a estos tipos de intervención respecto del periodo anterior 2019-2023.
El Real De­creto 905/2022, de 25 de octubre, regula la Intervención Sectorial Vitivinícola en el
marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, publicado en el n.º 257 del Boletín
Oficial del Estado de 26 de octubre de 2022. En el mismo se refiere en particular a este tipo de
intervención de “Actividades de promoción y comunicación llevadas a cabo en terceros países”
en la sección 5ª del capítulo II comprensiva de los artículos 55 a 72.
Las bases reguladoras se encuentran establecidas en el Decreto 151/2022, de 21 de diciembre, por el que se establecen normas complementarias de las ayudas a actividades de promoción y comunicación llevadas a cabo en terceros países de la Intervención Sectorial Vitivinícola
en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común, y se efectúa la primera convocatoria para el ejercicio FEAGA 2024 (DOE n.º 4, de 5 de enero de 2023).
Para su preparación se han tenido en cuenta los preceptos de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de
marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres; así como en la Ley 8/2011, de 23 de
marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura.
La competencia orgánica para aprobar la presente convocatoria corresponde a la Consejería
de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, ya que, de conformidad con el Decreto de
la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura; el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Decreto
233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de
21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, la misma ejercerá las competencias relativas a agricultura y ganadería.