Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2024062609)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de 2024 de subvenciones destinadas a financiar la realización de acciones formativas incluidas en el programa de oferta preferente de formación profesional para el empleo del Servicio Extremeño Público de Empleo, dirigidas a personas trabajadoras desempleadas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 157
40414
Martes 13 de agosto de 2024
Aplicación presupuestaria
2024
2025
TOTAL
140130000G/242B/46000
TE2400800120210292
167.754 €
391.426 €
559.180 €
140130000G/242B/47000
TE2400800120210292
1.782.402 €
4.158.938 €
5.941.340 €
140130000G/242B/48000
TE2400800120210292
146.784 €
342.496 €
489.280 €
2.096.940 €
4.892.860 €
6.989.800 €
TOTAL
b) Acciones formativas no conducentes a certificados de profesionalidad: Proyecto de gasto
20020501 “Iniciativas de formación profesional dirigidas a trabajadores desempleados”.
Aplicación presupuestaria
2024
2025
TOTAL
140130000G/242B/46000
TE2400100220020501
25.444 €
59.368 €
84.812 €
140130000G/242B/47000
TE2400100220020501
270.344 €
630.802 €
901.146€
140130000G/242B/48000
TE2400100220020501
22.264 €
51.948 €
74.212 €
TOTAL
318.052 €
742.118 €
1.060.170 €
2. L
a cuantía global de los créditos presupuestarios previstos para financiar la presente convocatoria podrá aumentarse, sin necesidad de abrir una nueva convocatoria, antes de
resolver la concesión de las subvenciones, en los términos previstos en el artículo 23.2 h)
de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y previa publicación del anuncio recogido en el artículo 39.3 de la citada Ley.
3. Los créditos presupuestarios que no puedan aplicarse a la concesión de las subvenciones
por insuficiencia de solicitudes a aprobar, se podrán distribuir a otras aplicaciones presupuestarias previstas en esta convocatoria, de acuerdo con el nivel de vinculación de los
mismos, de conformidad con la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública
de Extremadura y con los trámites exigidos por el artículo 39.3 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo.
40414
Martes 13 de agosto de 2024
Aplicación presupuestaria
2024
2025
TOTAL
140130000G/242B/46000
TE2400800120210292
167.754 €
391.426 €
559.180 €
140130000G/242B/47000
TE2400800120210292
1.782.402 €
4.158.938 €
5.941.340 €
140130000G/242B/48000
TE2400800120210292
146.784 €
342.496 €
489.280 €
2.096.940 €
4.892.860 €
6.989.800 €
TOTAL
b) Acciones formativas no conducentes a certificados de profesionalidad: Proyecto de gasto
20020501 “Iniciativas de formación profesional dirigidas a trabajadores desempleados”.
Aplicación presupuestaria
2024
2025
TOTAL
140130000G/242B/46000
TE2400100220020501
25.444 €
59.368 €
84.812 €
140130000G/242B/47000
TE2400100220020501
270.344 €
630.802 €
901.146€
140130000G/242B/48000
TE2400100220020501
22.264 €
51.948 €
74.212 €
TOTAL
318.052 €
742.118 €
1.060.170 €
2. L
a cuantía global de los créditos presupuestarios previstos para financiar la presente convocatoria podrá aumentarse, sin necesidad de abrir una nueva convocatoria, antes de
resolver la concesión de las subvenciones, en los términos previstos en el artículo 23.2 h)
de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y previa publicación del anuncio recogido en el artículo 39.3 de la citada Ley.
3. Los créditos presupuestarios que no puedan aplicarse a la concesión de las subvenciones
por insuficiencia de solicitudes a aprobar, se podrán distribuir a otras aplicaciones presupuestarias previstas en esta convocatoria, de acuerdo con el nivel de vinculación de los
mismos, de conformidad con la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública
de Extremadura y con los trámites exigidos por el artículo 39.3 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo.