Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2024062609)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de 2024 de subvenciones destinadas a financiar la realización de acciones formativas incluidas en el programa de oferta preferente de formación profesional para el empleo del Servicio Extremeño Público de Empleo, dirigidas a personas trabajadoras desempleadas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 157
Martes 13 de agosto de 2024

40411

En su virtud, previa autorización del Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 23
de julio de 2024,
RESUELVO:
Primero. Objeto y bases reguladoras.
1. S
 e aprueba la convocatoria para el ejercicio de 2024 de subvenciones destinadas a financiar la realización de acciones formativas incluidas en el programa de oferta preferente de
formación profesional para el empleo del Servicio Extremeño Público de Empleo, dirigidas
a personas trabajadoras desempleadas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. Las bases reguladoras de la presente convocatoria son las contenidas en la sección 1ª,
Disposiciones Generales, y la sección 2ª, Disposiciones aplicables al procedimiento de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, del capítulo IV, Subvenciones destinadas a financiar la oferta formativa dirigida a personas desempleadas, de la
Orden de 27 de marzo de 2023, por la que se regula la programación, gestión y control
de la oferta de formación profesional para el empleo dirigida a personas trabajadoras
desempleadas y se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a su
financiación, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 62, de 30
de marzo de 2023).
Segundo. Ejecución de la oferta formativa.
1. La oferta preferente de acciones formativas dirigidas a personas trabajadoras desempleadas es la que se determina en el anexo I de la presente resolución.
2. L
 as acciones formativas podrán ejecutarse en la modalidad presencial y de teleformación.
3. De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Orden de 27 de marzo de 2023,
las acciones formativas de la presente convocatoria llevarán añadido un módulo de “Inserción laboral, sensibilización medioambiental y en la igualdad de género” (FCOO03) de 10
horas.
4. Con arreglo a lo previsto en el artículo 17.3 de dicha orden, la ejecución de las acciones
formativas financiadas con cargo a la presente convocatoria tiene carácter plurianual.
5. Las acciones formativas deberán ejecutarse dentro del periodo comprendido entre el día
siguiente al de la notificación de la resolución de concesión de la subvención y el día 1 de
octubre de 2025, ambos inclusive.