Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2024062609)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de 2024 de subvenciones destinadas a financiar la realización de acciones formativas incluidas en el programa de oferta preferente de formación profesional para el empleo del Servicio Extremeño Público de Empleo, dirigidas a personas trabajadoras desempleadas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 157
Martes 13 de agosto de 2024
40410
ofertas de empleo y en los informes de prospección, en el ámbito de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
El artículo 54.1 de la citada orden establece que el procedimiento de concesión en régimen de
concurrencia competitiva se iniciará de oficio, mediante convocatoria aprobada por resolución
de la persona titular de la secretaría general de la consejería a la que esté adscrito el Servicio
Extremeño Público de Empleo o persona en quien delegue y publicada en el Diario Oficial de
Extremadura (http://doe.juntaex.es), en el portal de subvenciones de la Comunidad Autónoma (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index) y en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura (http://gobiernoabierto.juntaex.es). Igualmente dispone que
el extracto de la convocatoria a que se refiere el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones se publicará en el Diario Oficial de Extremadura de
forma simultánea con la resolución de aprobación de la misma.
De acuerdo con lo anterior, la presente resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria de
2024 de subvenciones destinadas a financiar las acciones formativas incluidas en el programa
de oferta preferente de formación profesional para el empleo del Servicio Extremeño Público
de Empleo dirigida a personas trabajadoras desempleadas, en el ámbito de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Con arreglo a lo previsto en el artículo 8.1 de la Orden de 27 de marzo de 2023, en la oferta
financiada mediante la presente convocatoria se incluyen las acciones formativas dirigidas a
cubrir las necesidades formativas de las personas trabajadoras desempleadas, detectadas en
los itinerarios personalizados de inserción y en las ofertas de empleo, así como en los informes de prospección de necesidades formativas realizados por el Servicio Extremeño Público
de Empleo, a partir del análisis del Observatorio para la innovación y la prospectiva del mercado de trabajo en Extremadura, garantizando la idoneidad de los contenidos formativos a
impartir, procurando una distribución equilibrada de las acciones en el ámbito territorial de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
De conformidad con lo establecido en el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo de
2011, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en conexión con el
artículo 1.1 de la Ley 7/2001, de 14 de junio, de creación del Servicio Extremeño Público de
Empleo y con el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la
denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, la competencia para aprobar la presente convocatoria
corresponde al Secretario General de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación
Digital, habiendo delegado el ejercicio de la misma en el Secretario General del Servicio
Extremeño Público de Empleo mediante Resolución de 14 de septiembre de 2023 (DOE n.º
180, de 19 de septiembre de 2023).
Martes 13 de agosto de 2024
40410
ofertas de empleo y en los informes de prospección, en el ámbito de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
El artículo 54.1 de la citada orden establece que el procedimiento de concesión en régimen de
concurrencia competitiva se iniciará de oficio, mediante convocatoria aprobada por resolución
de la persona titular de la secretaría general de la consejería a la que esté adscrito el Servicio
Extremeño Público de Empleo o persona en quien delegue y publicada en el Diario Oficial de
Extremadura (http://doe.juntaex.es), en el portal de subvenciones de la Comunidad Autónoma (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index) y en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura (http://gobiernoabierto.juntaex.es). Igualmente dispone que
el extracto de la convocatoria a que se refiere el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones se publicará en el Diario Oficial de Extremadura de
forma simultánea con la resolución de aprobación de la misma.
De acuerdo con lo anterior, la presente resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria de
2024 de subvenciones destinadas a financiar las acciones formativas incluidas en el programa
de oferta preferente de formación profesional para el empleo del Servicio Extremeño Público
de Empleo dirigida a personas trabajadoras desempleadas, en el ámbito de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Con arreglo a lo previsto en el artículo 8.1 de la Orden de 27 de marzo de 2023, en la oferta
financiada mediante la presente convocatoria se incluyen las acciones formativas dirigidas a
cubrir las necesidades formativas de las personas trabajadoras desempleadas, detectadas en
los itinerarios personalizados de inserción y en las ofertas de empleo, así como en los informes de prospección de necesidades formativas realizados por el Servicio Extremeño Público
de Empleo, a partir del análisis del Observatorio para la innovación y la prospectiva del mercado de trabajo en Extremadura, garantizando la idoneidad de los contenidos formativos a
impartir, procurando una distribución equilibrada de las acciones en el ámbito territorial de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
De conformidad con lo establecido en el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo de
2011, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en conexión con el
artículo 1.1 de la Ley 7/2001, de 14 de junio, de creación del Servicio Extremeño Público de
Empleo y con el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la
denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, la competencia para aprobar la presente convocatoria
corresponde al Secretario General de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación
Digital, habiendo delegado el ejercicio de la misma en el Secretario General del Servicio
Extremeño Público de Empleo mediante Resolución de 14 de septiembre de 2023 (DOE n.º
180, de 19 de septiembre de 2023).