Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024062668)
Resolución de 31 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga modificación sustancial de la autorización ambiental unificada a la fábrica de briquetas de carbón vegetal, promovida por Carbones y Leñas Los Rivera, SA, ubicada en el término municipal de Oliva de la Frontera.
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NÚMERO 156
Lunes 12 de agosto de 2024
40296
filtros en las salidas de aire de las naves. Asimismo, en su caso, los puntos de extracción
localizada de gases que se dispongan en lugares de mayor generación de partículas,
como en la descarga a tolvas o envasado, contarán con filtros entes de la emisión a la
atmósfera.
11. N
o obstante, en función de la experiencia recabada sobre la afección a la atmósfera y a
la salud de las personas, podría modificarse de oficio la autorización para añadir nuevos
valores límite de emisión y/o medidas técnicas complementarias o sustitutorias.
12. L
as transferencias de material en el proceso se realizarán a través de cintas transportadoras cerradas para minimizar las emisiones de partículas en suspensión a la atmósfera.
13. E
l molino y las mezcladoras serán estancas para minimizar las emisiones difusas de
partículas.
14. S
e deberá impedir mediante los medios y señalización adecuados, el libre acceso a las
instalaciones de recogida y tratamiento de las emisiones contaminantes a la atmósfera
del personal ajeno a la operación y control de las mismas, siendo responsable de cuantos
daños y perjuicios puedan ocasionarse.
15. S
e realizarán las oportunas operaciones de mantenimiento en la caldera (limpiezas periódicas del quemador, limpiezas periódicas de la chimenea de evacuación de gases...), con
objeto de que se evite un aumento de la contaminación medioambiental originada por
este foco de emisión.
c) Medidas relativas a la prevención, minimización y control de
las emisiones contaminantes al dominio público hidráulico
1. L
a instalación industrial deberá contar con:
a) Una red de saneamiento para las aguas residuales sanitarias procedentes de los aseos
y vestuarios.
b) Otra red de saneamiento para las aguas pluviales y las aguas residuales procedentes
del proceso, tales como las empleadas para la limpieza, enfriamiento del carbón...
Respecto a las pluviales, esta red de saneamiento constará de cunetas perimetrales
hormigonadas.
2. C
onforme a la solicitud de autorización ambiental, las aguas residuales sanitarias se dirigirán a una fosa estanca en la que se almacenen hasta su retirada por parte de una empresa
que las gestione de conformidad con la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos
contaminados para una economía circular.
Lunes 12 de agosto de 2024
40296
filtros en las salidas de aire de las naves. Asimismo, en su caso, los puntos de extracción
localizada de gases que se dispongan en lugares de mayor generación de partículas,
como en la descarga a tolvas o envasado, contarán con filtros entes de la emisión a la
atmósfera.
11. N
o obstante, en función de la experiencia recabada sobre la afección a la atmósfera y a
la salud de las personas, podría modificarse de oficio la autorización para añadir nuevos
valores límite de emisión y/o medidas técnicas complementarias o sustitutorias.
12. L
as transferencias de material en el proceso se realizarán a través de cintas transportadoras cerradas para minimizar las emisiones de partículas en suspensión a la atmósfera.
13. E
l molino y las mezcladoras serán estancas para minimizar las emisiones difusas de
partículas.
14. S
e deberá impedir mediante los medios y señalización adecuados, el libre acceso a las
instalaciones de recogida y tratamiento de las emisiones contaminantes a la atmósfera
del personal ajeno a la operación y control de las mismas, siendo responsable de cuantos
daños y perjuicios puedan ocasionarse.
15. S
e realizarán las oportunas operaciones de mantenimiento en la caldera (limpiezas periódicas del quemador, limpiezas periódicas de la chimenea de evacuación de gases...), con
objeto de que se evite un aumento de la contaminación medioambiental originada por
este foco de emisión.
c) Medidas relativas a la prevención, minimización y control de
las emisiones contaminantes al dominio público hidráulico
1. L
a instalación industrial deberá contar con:
a) Una red de saneamiento para las aguas residuales sanitarias procedentes de los aseos
y vestuarios.
b) Otra red de saneamiento para las aguas pluviales y las aguas residuales procedentes
del proceso, tales como las empleadas para la limpieza, enfriamiento del carbón...
Respecto a las pluviales, esta red de saneamiento constará de cunetas perimetrales
hormigonadas.
2. C
onforme a la solicitud de autorización ambiental, las aguas residuales sanitarias se dirigirán a una fosa estanca en la que se almacenen hasta su retirada por parte de una empresa
que las gestione de conformidad con la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos
contaminados para una economía circular.