Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Artes Plásticas. Ayudas. (2024062662)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se resuelve la concesión de subvenciones a artistas visuales para el año 2024.
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NÚMERO 155
Viernes 9 de agosto de 2024
40204
prestación de los servicios postales, en desarrollo de lo establecido en la Ley 24/1998, de 13
de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales.
Por todo lo anterior, se someten a la valoración de esta comisión 18 solicitudes tal y como se
recoge en el Acta de la Comisión de Valoración celebrada el día 3 de julio de 2024.
Quinto. De acuerdo con lo referido, a la vista del informe vinculante de la Comisión de valoración, con fecha 11 de julio de 2024, la Secretaría General de Cultura formula la correspondiente propuesta de Resolución para su envío al Secretario General de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes, en su condición de órgano competente para la resolución del
procedimiento, de conformidad con lo dispuesto en el resuelve duodécimo de la Resolución de
convocatoria. Todo ello en consonancia con lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
A estos antecedentes de hecho le son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. El órgano competente para dictar la Resolución de Concesión es el Secretario General de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes en virtud de lo dispuesto en
el Resuelve Duodécimo de la Resolución de 22 de abril de 2024. Todo ello en consonancia
con lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. En la tramitación de los expedientes se han observado todos los trámites establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, con las especialidades previstas en el Decreto 32/2017, de 28 de
marzo, que establece las bases reguladoras de las ayudas a artistas visuales, en la Resolución
de 22 de abril de 2024, por la que se convocan las ayudas para el ejercicio 2024 y en la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Por todo lo expuesto, una vez vistas las solicitudes y documentos presentados, teniendo en
cuenta los referidos antecedentes de hecho y fundamentos de derecho, de conformidad con
el informe de la Comisión de Valoración celebrada con fecha 3 de julio de 2024 y La Propuesta
de Resolución del Secretario General de Cultura, al amparo de lo establecido en el resuelvo
duodécimo de la Resolución de 22 de abril de 2024, y de acuerdo con el Decreto 236/2023, de
12 de septiembre por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura,
Turismo, Jóvenes y Deportes (DOE núm. 3, de 16 de septiembre de 2023),
Viernes 9 de agosto de 2024
40204
prestación de los servicios postales, en desarrollo de lo establecido en la Ley 24/1998, de 13
de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales.
Por todo lo anterior, se someten a la valoración de esta comisión 18 solicitudes tal y como se
recoge en el Acta de la Comisión de Valoración celebrada el día 3 de julio de 2024.
Quinto. De acuerdo con lo referido, a la vista del informe vinculante de la Comisión de valoración, con fecha 11 de julio de 2024, la Secretaría General de Cultura formula la correspondiente propuesta de Resolución para su envío al Secretario General de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes, en su condición de órgano competente para la resolución del
procedimiento, de conformidad con lo dispuesto en el resuelve duodécimo de la Resolución de
convocatoria. Todo ello en consonancia con lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
A estos antecedentes de hecho le son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. El órgano competente para dictar la Resolución de Concesión es el Secretario General de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes en virtud de lo dispuesto en
el Resuelve Duodécimo de la Resolución de 22 de abril de 2024. Todo ello en consonancia
con lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. En la tramitación de los expedientes se han observado todos los trámites establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, con las especialidades previstas en el Decreto 32/2017, de 28 de
marzo, que establece las bases reguladoras de las ayudas a artistas visuales, en la Resolución
de 22 de abril de 2024, por la que se convocan las ayudas para el ejercicio 2024 y en la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Por todo lo expuesto, una vez vistas las solicitudes y documentos presentados, teniendo en
cuenta los referidos antecedentes de hecho y fundamentos de derecho, de conformidad con
el informe de la Comisión de Valoración celebrada con fecha 3 de julio de 2024 y La Propuesta
de Resolución del Secretario General de Cultura, al amparo de lo establecido en el resuelvo
duodécimo de la Resolución de 22 de abril de 2024, y de acuerdo con el Decreto 236/2023, de
12 de septiembre por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura,
Turismo, Jóvenes y Deportes (DOE núm. 3, de 16 de septiembre de 2023),