Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Artes Plásticas. Ayudas. (2024062662)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se resuelve la concesión de subvenciones a artistas visuales para el año 2024.
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NÚMERO 155
Viernes 9 de agosto de 2024

40203

RESOLUCIÓN de 24 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se
resuelve la concesión de subvenciones a artistas visuales para el año 2024.
(2024062662)

Vistas las solicitudes presentadas por las personas interesadas para la concesión de subvenciones convocadas mediante Resolución de 22 de abril de 2024, de la Secretaría General, por
la que se convocan ayudas a artistas visuales para el año 2024, se dicta la presente resolución
con base a los siguientes antecedes de hecho y fundamentos de derecho:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. El Decreto 32/2017, de 28 de marzo, establece el régimen de ayudas a artistas
visuales (DOE núm. 64, de 3 de abril), y tiene por objeto aprobar las bases reguladoras de
las ayudas a artistas visuales con el fin de apoyar y fomentar la creatividad artística en la
Comunidad Autónoma de Extremadura, en el campo de la creación contemporánea, dentro
del ámbito de las Artes Visuales, así como su promoción, contribuyendo al desarrollo cultural
de la región.
Segundo. Con fecha, 15 de mayo del año en curso, se publica en el Diario Oficial de Extremadura n.º 93, Resolución de 22 de abril de 2024, de la Secretaría General de la Consejería
de referencia por la que se convocan las ayudas a artistas visuales para el año 2024.
Tercero. Una vez presentadas las solicitudes y subsanada la documentación en los casos en
los que así procede, con fecha 3 julio de 2024, se celebra la reunión de la Comisión de Valoración, de conformidad con lo establecido en el apartado noveno de la resolución mencionada,
para la valoración de las solicitudes y propuesta de adjudicación de carácter vinculante, de
acuerdo con los criterios recogidos en el punto décimo de la misma.
Cuarto. Constituida formalmente la Comisión de Valoración, esta acuerda desestimar la solicitud presentada por Doña Cristina Rivera Martín (***8388**), a tenor de la previsión contenida en el artículo 1 del Decreto 32/2017, de 28 de marzo, toda vez que la solicitante no
actúa en este proyecto como artista visual, a quienes va dirigida esta convocatoria, sino como
promotora de un proyecto de dinamización cultural de un territorio.
De igual modo, la Comisión de Valoración acuerda inadmitir la solicitud presentada por Don
David Pavo Cuadrado (***9423**), al no reunir las condiciones exigidas para la presentación
de ésta a través de una oficina de correos de conformidad con lo señalado en el artículo 7. 3
del Decreto 32/2017, de bases reguladoras, a los efectos de lo contemplado en artículo 16.4
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y su determinación reglamentaria prevista en el artículo 31 del Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula la