Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062655)
Resolución de 28 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de plantación de olivar superintensivo en la finca "La Serrana", cuya promotora es María José Conejo Navarrete, a ejecutar en el término municipal de Badajoz. Expte.: IA22/0893.
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NÚMERO 154
Jueves 8 de agosto de 2024



40007

— Una vez realizada esta prospección arqueológica será remitido informe técnico preceptivo a la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural.



— Una vez recibido el informe señalado en el apartado anterior, se cursará, si procede,
visita de evaluación con carácter previo y con posterioridad se emitirá el preceptivo
documento de viabilidad con indicación de los criterios técnicos y metodológicos que
deberán adoptarse por la promotora para el correcto desarrollo de la actividad propuesta.



— La promotora del proyecto deberá asumir el desarrollo de cuantas acciones encaminadas a la difusión, divulgación y socialización del conocimiento se consideren oportunas a juicio de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural a
partir de las características que presenten las actuaciones arqueológicas autorizadas.

2. C
 on fecha 14 de noviembre de 2022, el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios
Forestales, informa que, consultado el registro de áreas incendiadas y la base de datos
de la Estadística General de Incendios Forestales, no se detectan incendios acaecidos en
la zona objeto de proyecto. Del mismo modo, la zona objeto de proyecto, no se encuentra incluida dentro ninguna de las Zonas de Alto Riesgo o Protección Preferente de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en materia de prevención de incendios forestales.
Asimismo, establece el debido cumplimiento de la totalidad de la normativa vigente en
materia de prevención Plan PREIFEX, lucha y extinción de incendios forestales, así como
las medidas de autoprotección en lugares vulnerables como edificaciones, depósitos de
combustibles, etc.
3. C
 on fecha 16 de noviembre de 2022, el Servicio de Ordenación del Territorio de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio, informa que, a efectos de
ordenación del territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, no se detecta
afección sobre ningún Plan Territorial ni Proyecto de Interés Regional con aprobación
definitiva (Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación del Territorio de
Extremadura, con modificaciones posteriores). Asimismo, no se detecta afección sobre
ningún instrumento de ordenación territorial general (Plan Territorial), de ordenación territorial de desarrollo (Plan de Suelo Rústico, Plan Especial de Ordenación del Territorio)
ni de intervención directa (Proyecto de Interés Regional) de la Ley 11/2018, de 21 de
diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, en vigor
desde el 27 de junio de 2019.
4. E
 l Ayuntamiento de Badajoz emite informe, con fecha 15 de febrero de 2023, en el que
indica que, habiéndose publicado la información del proyecto, no han recibido alegaciones al respecto, remitiendo informe del Servicio de Control e Inspección Urbanística, el