Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062655)
Resolución de 28 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de plantación de olivar superintensivo en la finca "La Serrana", cuya promotora es María José Conejo Navarrete, a ejecutar en el término municipal de Badajoz. Expte.: IA22/0893.
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NÚMERO 154
Jueves 8 de agosto de 2024

40024

126, parcela 11 del polígono 211, y parcelas 24 y 23 del polígono 212 del término
municipal de Badajoz (Badajoz). Con un marco de plantación de 5 x 1,5 m.


2. S
 e notificará al órgano ambiental (Dirección General de Sostenibilidad) el inicio
de las obras con una antelación mínima de un mes. La conclusión de los trabajos
se comunicará igualmente al órgano ambiental, con el fin de comprobar que los
trabajos se han realizado conforme a las condiciones técnicas establecidas.



3. A
 ntes de comenzar los trabajos se podrá contactar con los Agentes del Medio
Natural de la zona (Coordinación de la UTV7 – coordinacionutv7@juntaex.es), a
efectos de asesoramiento para una correcta realización de los mismos.



4. S
 e informará a todo el personal implicado en la ejecución y explotación de este
proyecto del contenido del presente informe técnico, de manera que se ponga en
su conocimiento las medidas que deben adoptarse a la hora de realizar los trabajos. Asimismo, se dispondrá de una copia del presente informe técnico en el lugar
donde se desarrollen los trabajos.



5. T
 odos los residuos generados en la ejecución y explotación del proyecto deberán ser gestionados según la normativa vigente, Ley 7/2022, de 8 de abril, de
residuos y suelos contaminados para una economía circular. Se tendrá especial
cuidado con los envases vacíos de productos fitosanitarios, considerados residuos
peligrosos.



6. C
 on objeto de minimizar la afección al suelo, aguas superficiales y/o subterráneas
no se permitirá el vertido directo o indirecto de aguas y productos susceptibles de
provocar contaminación al medio.



7. T
 al y como se indica en la documentación aportada el cultivo se realizará en régimen de secano. Para el abastecimiento de agua mediante captación de agua directamente del dominio público hidráulico, deberá contar con la correspondiente
concesión administrativa otorgada por el Órgano de Cuenca competente.



D.2. Medidas preventivas, correctoras y compensatorias.



1. L
 os trabajos se llevarán a cabo fuera del periodo sensible para las aves esteparias,
comprendido entre el 1 de marzo y el 30 de junio, ambos inclusive.



2. N
 o se realizará la plantación de olivar en una zona de al menos 10 metros desde
los cauces del río Calamón y de la rivera del arroyo del Pozo Esteban (Zona de
DPH), según la cartografía de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, fomentando el mantenimiento de la vegetación natural de sus zonas de influencia.