Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062655)
Resolución de 28 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de plantación de olivar superintensivo en la finca "La Serrana", cuya promotora es María José Conejo Navarrete, a ejecutar en el término municipal de Badajoz. Expte.: IA22/0893.
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NÚMERO 154
Jueves 8 de agosto de 2024



40019

C.2.3. Geología y suelo.

Los principales impactos ambientales generados sobre el suelo en la fase de ejecución del proyecto, se producirán como consecuencia de los movimientos de tierra
provocados por las labores de preparación del terreno, pudiendo conllevar la pérdida
de suelo fértil, en especial en las zonas de mayor pendiente. Por otro lado, el propio
tránsito de maquinaria producirá un efecto de compactación de los horizontes superficiales del suelo.
Al tratarse la zona de actuación de una zona relativamente llana, con pendientes
medias suaves menores al 10%, no se espera un incremento del riesgo de aparición
de fenómenos erosivos, y como consecuencia pérdidas de suelo fértil, debido a estos
movimientos de tierra. Asimismo, mediante la correcta aplicación de medidas preventivas y/o correctoras incluidas tanto en el EsIA, en los informes emitidos por las
administraciones públicas consultadas, como en la presente declaración de impacto
ambiental para mitigar estos impactos, se reducirá su magnitud de manera aceptable para el medio edáfico.
Durante la fase de explotación se producen una serie de impactos ambientales,
generados principalmente como consecuencia de la utilización de productos agroquímicos que pudieran derivarse de fenómenos de contaminación difusa generada
por la aplicación directa de este tipo de sustancias al cultivo, ya sean productos
fertilizantes o productos fitosanitarios.
En cuanto a la aplicación de sustancias agroquímicas, deberán seguirse las recomendaciones de los manuales y códigos de buenas prácticas agrarias y los reglamentos
y demás normativa vigente en materia de producción ecológica, para mitigar los
posibles impactos derivados de la utilización de estas sustancias.
Se recomienda la valoración, por parte de la promotora, para el empleo de técnicas
y prácticas culturales sostenibles, respetuosas con el medio ambiente, sobre todo en
lo concerniente al control de malas hierbas, plagas y enfermedades, así como evitar
la erosión y pérdida de suelo, evitando la siega química con herbicida, para ello se
aplicarían técnicas de mínimo laboreo mediante el mantenimiento de la cubierta
vegetal entre calles, para ser controlada mediante métodos mecánicos (desbroce),
y así reducir el riesgo de erosión y pérdida de suelo.
Por otro lado, el buen mantenimiento y uso de la maquinaria controlará el riesgo de
posibles vertidos de sustancias contaminantes.
Por tanto, aplicando las medidas incluidas tanto en el EsIA, en los informes emitidos
por las administraciones públicas consultadas, como en la presente declaración de
impacto ambiental, el impacto sobre el suelo puede considerarse compatible.