Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Bioseguridad. Subvenciones. (2024062602)
Resolución de 26 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se establece convocatoria de ayudas a inversiones en materia de bioseguridad para la mejora o construcción de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado así como a inversiones en bioseguridad en viveros, acometidas por determinados productores de materiales vegetales de reproducción, en el marco del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia conforme al Real Decreto 949/2021, de 2 de noviembre.
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NÚMERO 154
Jueves 8 de agosto de 2024
39967
8. S
e dará trámite de audiencia por plazo de diez días hábiles a todos los interesados
con su orden de baremación y posible cuantía subvencionable, así como sobre los
motivos que pudieran determinar la denegación o reducción de la ayuda.
9. D
urante dicho plazo podrá presentarse reformulación de la solicitud. En cualquier
caso, la reformulación de solicitudes deberá respetar el objeto, condiciones y finalidad de la subvención, así como los criterios de valoración establecidos respecto de
las solicitudes o peticiones
Octavo. Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del
procedimiento.
El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento de concesión las
subvenciones del Capítulo II del Decreto 27/2022, de 23 de marzo, es el Servicio de Sanidad
Animal y para la de las subvenciones del Capítulo III del citado decreto lo será el Servicio de
Sanidad Vegetal, ambos de la Dirección General de Agricultura y Ganadería.
Noveno. Comisión de Valoración.
1. P
ara la prelación de las solicitudes se constituirá una Comisión de Valoración que emitirá
al órgano instructor informe vinculante en el que se concrete el resultado de la evaluación
efectuada. La Comisión de Valoración de las subvenciones del Capítulo II estará constituida
por:
— Presidencia: Sara María Barroso Casillas.
— Vocal: Miguel Ángel Muñoz Jaraiz.
— Secretaría: Juan Carlos Gutiérrez Hernández.
La Comisión de Valoración de las subvenciones del Capítulo III estará constituida por:
— Presidencia: Fernando Andrada Andrada.
— Vocal: M.ª Luisa Asensio Sánchez.
— Secretaría: M.ª Antonia Viniegra Cancho.
2. L
a composición definitiva de la comisión deberá publicarse, con anterioridad a su constitución, en el Diario Oficial de Extremadura y a través de Internet en el portal oficial de la
Consejería:
https://www.juntaex.es/lajunta/consejeria-de-agricultura-ganaderia-y-desarrollo-sostenible.
Jueves 8 de agosto de 2024
39967
8. S
e dará trámite de audiencia por plazo de diez días hábiles a todos los interesados
con su orden de baremación y posible cuantía subvencionable, así como sobre los
motivos que pudieran determinar la denegación o reducción de la ayuda.
9. D
urante dicho plazo podrá presentarse reformulación de la solicitud. En cualquier
caso, la reformulación de solicitudes deberá respetar el objeto, condiciones y finalidad de la subvención, así como los criterios de valoración establecidos respecto de
las solicitudes o peticiones
Octavo. Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del
procedimiento.
El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento de concesión las
subvenciones del Capítulo II del Decreto 27/2022, de 23 de marzo, es el Servicio de Sanidad
Animal y para la de las subvenciones del Capítulo III del citado decreto lo será el Servicio de
Sanidad Vegetal, ambos de la Dirección General de Agricultura y Ganadería.
Noveno. Comisión de Valoración.
1. P
ara la prelación de las solicitudes se constituirá una Comisión de Valoración que emitirá
al órgano instructor informe vinculante en el que se concrete el resultado de la evaluación
efectuada. La Comisión de Valoración de las subvenciones del Capítulo II estará constituida
por:
— Presidencia: Sara María Barroso Casillas.
— Vocal: Miguel Ángel Muñoz Jaraiz.
— Secretaría: Juan Carlos Gutiérrez Hernández.
La Comisión de Valoración de las subvenciones del Capítulo III estará constituida por:
— Presidencia: Fernando Andrada Andrada.
— Vocal: M.ª Luisa Asensio Sánchez.
— Secretaría: M.ª Antonia Viniegra Cancho.
2. L
a composición definitiva de la comisión deberá publicarse, con anterioridad a su constitución, en el Diario Oficial de Extremadura y a través de Internet en el portal oficial de la
Consejería:
https://www.juntaex.es/lajunta/consejeria-de-agricultura-ganaderia-y-desarrollo-sostenible.