Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Bioseguridad. Subvenciones. (2024062602)
Resolución de 26 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se establece convocatoria de ayudas a inversiones en materia de bioseguridad para la mejora o construcción de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado así como a inversiones en bioseguridad en viveros, acometidas por determinados productores de materiales vegetales de reproducción, en el marco del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia conforme al Real Decreto 949/2021, de 2 de noviembre.
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NÚMERO 154
Jueves 8 de agosto de 2024
39962
1. L
as solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Agricultura y Ganadería y se presentarán en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la publicación de esta
convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
En el caso de las subvenciones del capítulo III, si el operador profesional cumple los requisitos a) y b) del artículo 12 y tiene varios sitios destinados a la producción de los descritos
en la letra c) de dicho artículo 11, deberá presentar tantas solicitudes como inversiones en
lugares de producción haga el operador profesional.
2. L
os solicitantes podrán otorgar el consentimiento al órgano gestor para comprobar telemáticamente el cumplimiento de las obligaciones de estar al corriente en el cumplimiento
de sus obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en materia de
seguridad social, en materia de deudas con la Hacienda Pública autonómica, sobre el domicilio fiscal, sobre inscripción en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de
la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y actividad económica inscrita en dicho
censo a la fecha de solicitud de la ayuda, y para obtener informe de vida laboral de la empresa. En caso contrario deberán presentar los correspondientes certificados acreditativos
conforme a la normativa vigente.
3. L
as solicitudes se confeccionarán, firmarán electrónicamente y presentarán en todo caso
telemáticamente y de forma especial y exclusiva a través de la Plataforma Arado accesible
en el portal oficial de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la
Junta de Extremadura https://aradoacceso.juntaex.es/Páginas/Login de conformidad con
los modelos normalizados I, II, III, IV, V, VI, VII y VIII.
4. L
a solicitud contendrá:
a) En el caso de las ayudas reguladas en el capítulo II del Decreto 27/2022, de 23 de marzo (Modelo anexo I).
1. L
a identificación de la persona o entidad titular del centro de limpieza y desinfección,
su NIF, razón social, el número de registro asignado al centro de limpieza y desinfección autorizado, en el caso de centros de limpieza y desinfección ya existentes
o la identificación de la persona física o jurídica, su NIF, razón social en el caso de
solicitudes de nueva construcción,
2. M
emoria de la inversión compuesta por:
2.1. Memoria descriptiva de las actuaciones a realizar y
2.2. Documento de acreditación del presupuesto de ejecución de la inversión:
Formado por tres presupuestos o facturas proforma suficientemente detalladas y
Jueves 8 de agosto de 2024
39962
1. L
as solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Agricultura y Ganadería y se presentarán en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la publicación de esta
convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
En el caso de las subvenciones del capítulo III, si el operador profesional cumple los requisitos a) y b) del artículo 12 y tiene varios sitios destinados a la producción de los descritos
en la letra c) de dicho artículo 11, deberá presentar tantas solicitudes como inversiones en
lugares de producción haga el operador profesional.
2. L
os solicitantes podrán otorgar el consentimiento al órgano gestor para comprobar telemáticamente el cumplimiento de las obligaciones de estar al corriente en el cumplimiento
de sus obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en materia de
seguridad social, en materia de deudas con la Hacienda Pública autonómica, sobre el domicilio fiscal, sobre inscripción en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de
la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y actividad económica inscrita en dicho
censo a la fecha de solicitud de la ayuda, y para obtener informe de vida laboral de la empresa. En caso contrario deberán presentar los correspondientes certificados acreditativos
conforme a la normativa vigente.
3. L
as solicitudes se confeccionarán, firmarán electrónicamente y presentarán en todo caso
telemáticamente y de forma especial y exclusiva a través de la Plataforma Arado accesible
en el portal oficial de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la
Junta de Extremadura https://aradoacceso.juntaex.es/Páginas/Login de conformidad con
los modelos normalizados I, II, III, IV, V, VI, VII y VIII.
4. L
a solicitud contendrá:
a) En el caso de las ayudas reguladas en el capítulo II del Decreto 27/2022, de 23 de marzo (Modelo anexo I).
1. L
a identificación de la persona o entidad titular del centro de limpieza y desinfección,
su NIF, razón social, el número de registro asignado al centro de limpieza y desinfección autorizado, en el caso de centros de limpieza y desinfección ya existentes
o la identificación de la persona física o jurídica, su NIF, razón social en el caso de
solicitudes de nueva construcción,
2. M
emoria de la inversión compuesta por:
2.1. Memoria descriptiva de las actuaciones a realizar y
2.2. Documento de acreditación del presupuesto de ejecución de la inversión:
Formado por tres presupuestos o facturas proforma suficientemente detalladas y