Universidad De Extremadura. Administración Electrónica. (2024062649)
Resolución de 22 de julio de 2024, del Rector, por la que se ejecuta el acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se aprueba el Reglamento de creación y funcionamiento de la Sede Electrónica de la Universidad de Extremadura y se ordena su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 154
Jueves 8 de agosto de 2024

40093

2. En la sede electrónica se publicarán estos sistemas, junto con los procedimientos y actuaciones para los cuales pueden utilizarse, una vez estén disponibles técnicamente.
3. La Universidad de Extremadura podrá permitir que las personas interesadas que no dispongan de firma electrónica realicen trámites y actuaciones que requieran su uso a través de
funcionarios públicos habilitados, cuyos detalles serán proporcionados en la sede electrónica. En todo caso, el ciudadano deberá identificarse ante el funcionario habilitado y prestar
su consentimiento expreso.
TÍTULO V DE LAS ENTIDADES DE SUPERVISIÓN DE LA SEDE ELECTRÓNICA
Artículo 10. Consejo Asesor de Administración Electrónica.
El Consejo Asesor de Administración Electrónica de la Universidad de Extremadura se configura como el órgano institucional de respaldo y asesoramiento para la implementación de la
Administración Electrónica. A través de sus atribuciones, dicho Consejo ostenta la facultad de
establecer políticas, directrices y medidas generales en el ámbito amplio de la Administración
Electrónica, además de llevar a cabo la planificación y seguimiento de su implementación. La
composición de esta Comisión estará integrada, como mínimo, por los siguientes miembros:
a) El Secretario o la Secretaria General o persona en quien delegue que actuará como
presidente.
b) El Gerente o la Gerente.
c) El Vicerrector o la Vicerrectora competente en materia de Tecnologías de la Información.
d) El Director o la Directora del Servicio de Informática y Comunicaciones.
e) E
 l Director o la Directora de Administración Electrónica.
f) Responsable de la Unidad de Archivo, Registro y Certificación.
g) Miembro del Servicio Jurídico que actuará como secretario/a del consejo asesor.
Asimismo, se establece que la Secretaría General, previa obtención de un informe o propuesta debidamente fundamentada emanado del Consejo Asesor de Administración Electrónica,
procederá a disponer la publicación en la plataforma de sede electrónica de la Universidad
de Extremadura (UEx) de aquellos procedimientos administrativos que sean susceptibles de
ser tramitados de forma electrónica. En el supuesto de que dicha tramitación electrónica sea