Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Servicios Sociales. Ayudas. (2024040126)
Decreto 80/2024, de 23 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas económicas dirigidas a las personas con esclerosis lateral amiotrófica (ELA) en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 153
Miércoles 7 de agosto de 2024

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va avanzando la enfermedad, puesto que pueden llegar a requerir atención y vigilancia las
24 horas del día. Por ello, mediante el otorgamiento de este tipo de ayudas se contribuye
a dotar de más productos de apoyo, y más programas asistenciales, a todas las personas
diagnosticadas de ELA en la Comunidad Autónoma de Extremadura sin establecer ningún
tipo de distinción. Estas circunstancias, suponen razones de interés público y social, que
llevan aparejada la imposibilidad de establecer criterios objetivos para determinar un orden
de prelación en la concesión de las mismas.
Artículo 6. Plazo, lugar y forma de presentación de solicitudes.
1. Las solicitudes de subvención se presentarán en el plazo establecido en la correspondiente convocatoria anual conforme al modelo de solicitud y junto a la documentación que se
relaciona en el artículo 7.
El plazo de presentación no podrá ser inferior a quince días hábiles. Las personas interesadas podrán presentar solicitudes a partir del día siguiente al que se publique la correspondiente convocatoria y su extracto en el Diario Oficial de Extremadura. De conformidad con
lo establecido en el artículo 29 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, el plazo máximo de vigencia de ésta, a los efectos
de presentación de solicitudes, no podrá exceder de un año.
2. Las solicitudes se formalizarán en el modelo normalizado establecido al efecto, conforme
al anexo I, y se dirigirán a la persona titular de la Secretaría General de la Consejería con
competencias en materia de servicios sociales. El modelo de solicitud estará disponible en
el punto de acceso general electrónico de los servicios y trámites https://www.juntaex.es
en el apartado Trámites, sin perjuicio de las adaptaciones que puedan efectuar en el mismo
la correspondiente convocatoria.
Las personas interesadas o, en su caso, las personas que ejerzan su representación, de
conformidad con lo establecido en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrán optar entre
las siguientes formas de presentación de solicitudes:
a) A través del punto de acceso general electrónico (www.juntaex.es) dentro de la ficha correspondiente al trámite desde donde se habilitará el acceso a la sede electrónica para
presentar la solicitud, o bien en cualquiera de los registros electrónicos referidos en el
artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
b) En las oficinas del Sistema de Registro Único de la Junta de Extremadura establecido
por Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, en su artículo 7, así como en cualquiera
de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.