Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Servicios Sociales. Ayudas. (2024040126)
Decreto 80/2024, de 23 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas económicas dirigidas a las personas con esclerosis lateral amiotrófica (ELA) en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 153
Miércoles 7 de agosto de 2024
39733
General de Hacienda Pública de Extremadura, sin el incremento del 25 % previsto en el
artículo 44 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
Lo dispuesto en el párrafo anterior no será de aplicación cuando el importe de la devolución
efectuada voluntariamente incluya los intereses de demora debidos.
Artículo 13. Compatibilidad.
1. Esta ayuda de carácter social será compatible con cualquier otra ayuda que pudiera percibirse, tanto de la Junta de Extremadura como de cualquier otra Administración Pública
o alguno de sus Organismos Públicos, con excepción de las ayudas otorgadas por otras
Comunidades Autónomas por la concurrencia de la situación de diagnóstico de ELA.
2. Las personas solicitantes estarán obligadas a declarar todas las subvenciones solicitadas
o recibidas para el mismo concepto en el momento de formular su solicitud y en cualquier
otro de la vigencia del procedimiento en que se produzca tal solicitud y/o recepción.
Artículo 14. Obligaciones de las personas beneficiarias.
Las personas beneficiarias de la ayuda quedan sujetas a las actuaciones de comprobación,
a efectuar por el órgano concedente, en su caso, así como a cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto
nacionales como si procediese, comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida
en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
Artículo 15. No publicidad de la concesión de subvenciones.
No será necesaria la publicación de la concesión de las subvenciones, por estar destinadas
a personas diagnosticadas de ELA, toda vez que su difusión sería contraria al respeto y salvaguarda del honor e intimidad personal y familiar del concesionario, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 17.2.d) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura y en el artículo 20.8 b), de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
Artículo 16. Protección de datos de carácter personal.
El tratamiento de los datos de carácter personal que se deriven de la gestión de esta subvención se llevará a cabo de conformidad con lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, así como en la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Miércoles 7 de agosto de 2024
39733
General de Hacienda Pública de Extremadura, sin el incremento del 25 % previsto en el
artículo 44 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
Lo dispuesto en el párrafo anterior no será de aplicación cuando el importe de la devolución
efectuada voluntariamente incluya los intereses de demora debidos.
Artículo 13. Compatibilidad.
1. Esta ayuda de carácter social será compatible con cualquier otra ayuda que pudiera percibirse, tanto de la Junta de Extremadura como de cualquier otra Administración Pública
o alguno de sus Organismos Públicos, con excepción de las ayudas otorgadas por otras
Comunidades Autónomas por la concurrencia de la situación de diagnóstico de ELA.
2. Las personas solicitantes estarán obligadas a declarar todas las subvenciones solicitadas
o recibidas para el mismo concepto en el momento de formular su solicitud y en cualquier
otro de la vigencia del procedimiento en que se produzca tal solicitud y/o recepción.
Artículo 14. Obligaciones de las personas beneficiarias.
Las personas beneficiarias de la ayuda quedan sujetas a las actuaciones de comprobación,
a efectuar por el órgano concedente, en su caso, así como a cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto
nacionales como si procediese, comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida
en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
Artículo 15. No publicidad de la concesión de subvenciones.
No será necesaria la publicación de la concesión de las subvenciones, por estar destinadas
a personas diagnosticadas de ELA, toda vez que su difusión sería contraria al respeto y salvaguarda del honor e intimidad personal y familiar del concesionario, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 17.2.d) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura y en el artículo 20.8 b), de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
Artículo 16. Protección de datos de carácter personal.
El tratamiento de los datos de carácter personal que se deriven de la gestión de esta subvención se llevará a cabo de conformidad con lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, así como en la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.