Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062634)
Resolución de 30 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales, el Servicio Extremeño de Salud (SES), el Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD) y la Asociación Española contra el Cáncer (AECC) para la realización de actividades de voluntariado, atención psicológica y social a personas que padecen enfermedades oncológicas y a sus familiares.
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NÚMERO 152
Martes 6 de agosto de 2024
39482
administrativa para el mejor cumplimiento de sus fines, y así se deriva de lo dispuesto en los
artículos 48 y siguientes de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y Administración de
Extremadura en relación con los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
Tercero. La enfermedad oncológica requiere de constantes cuidados de larga duración en
muchos casos. El impacto de esta enfermedad en el paciente y en la familia supone la aparición de problemas y necesidades físicas, psicológicas (que precisan en ocasiones de intervención psicológica especifica), sociales y espirituales, cambios en la unidad y dinámica familiar a
los que hay que dar respuesta desde un abordaje integral, multi e interdisciplinar que incluya
acciones de acompañamiento.
Cuarto. La AECC, es una entidad con personalidad jurídica propia sin ánimo de lucro dedicada
a la promoción de toda clase de acciones e información destinada a mejorar la situación de las
personas afectadas por una enfermedad oncológica, para cuyo objetivo cuenta dentro de su
organización con la colaboración de personas que padecen enfermedades oncológicas y sus
familiares, personas voluntarias y profesionales. Ofrece servicios de información, atención social y psicológica, así como acompañamiento a través de personas voluntarias que colaboran
con la Asociación, todo ello con el objetivo general mejorar la calidad de vida y el bienestar de
las personas beneficiarias de las actuaciones contempladas en este convenio.
Quinto. De acuerdo con la Ley 45/2015, de 14 de octubre del Voluntariado en España y la
Ley 12/2019 de 11 de octubre del Voluntariado de Extremadura, se reconoce que la acción
voluntaria se ha convertido hoy en día en uno de los instrumentos básicos de actuación de la
sociedad civil en el ámbito social, cosa que comporta una exigencia de mayor participación en
el diseño y ejecución de las políticas públicas sociales.
Sexto. La Consejería de Salud y Servicios Sociales, el SES y el SEPAD, sensibles a las actividades que redundan en una mayor cohesión social, reconocen el importante papel del voluntariado como mecanismo canalizador de las legítimas inquietudes de las personas y de las
organizaciones sin ánimo de lucro en el desempeño de actividades altruistas y para el logro de
una sociedad mejor y más solidaria. Por ello, cada día es más necesario promover y coordinar
el voluntariado desde postulados flexibles que permitan unas reglas básicas para el desarrollo
de su acción en campos como la salud.
De conformidad con lo anteriormente expuesto, se aprecia una confluencia de objetivos entre
las partes, por lo que se considera de interés el establecimiento de una colaboración entre la
Consejería de Salud y Servicios Sociales, a través del SES y el SEPAD, y la AECC en las actividades que desarrolla la misma dentro de los Centros Sociosanitarios y Hospitalarios de las
8 Áreas de Salud de la Comunidad Autónoma de Extremadura dirigida a mejorar la calidad de
Martes 6 de agosto de 2024
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administrativa para el mejor cumplimiento de sus fines, y así se deriva de lo dispuesto en los
artículos 48 y siguientes de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y Administración de
Extremadura en relación con los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
Tercero. La enfermedad oncológica requiere de constantes cuidados de larga duración en
muchos casos. El impacto de esta enfermedad en el paciente y en la familia supone la aparición de problemas y necesidades físicas, psicológicas (que precisan en ocasiones de intervención psicológica especifica), sociales y espirituales, cambios en la unidad y dinámica familiar a
los que hay que dar respuesta desde un abordaje integral, multi e interdisciplinar que incluya
acciones de acompañamiento.
Cuarto. La AECC, es una entidad con personalidad jurídica propia sin ánimo de lucro dedicada
a la promoción de toda clase de acciones e información destinada a mejorar la situación de las
personas afectadas por una enfermedad oncológica, para cuyo objetivo cuenta dentro de su
organización con la colaboración de personas que padecen enfermedades oncológicas y sus
familiares, personas voluntarias y profesionales. Ofrece servicios de información, atención social y psicológica, así como acompañamiento a través de personas voluntarias que colaboran
con la Asociación, todo ello con el objetivo general mejorar la calidad de vida y el bienestar de
las personas beneficiarias de las actuaciones contempladas en este convenio.
Quinto. De acuerdo con la Ley 45/2015, de 14 de octubre del Voluntariado en España y la
Ley 12/2019 de 11 de octubre del Voluntariado de Extremadura, se reconoce que la acción
voluntaria se ha convertido hoy en día en uno de los instrumentos básicos de actuación de la
sociedad civil en el ámbito social, cosa que comporta una exigencia de mayor participación en
el diseño y ejecución de las políticas públicas sociales.
Sexto. La Consejería de Salud y Servicios Sociales, el SES y el SEPAD, sensibles a las actividades que redundan en una mayor cohesión social, reconocen el importante papel del voluntariado como mecanismo canalizador de las legítimas inquietudes de las personas y de las
organizaciones sin ánimo de lucro en el desempeño de actividades altruistas y para el logro de
una sociedad mejor y más solidaria. Por ello, cada día es más necesario promover y coordinar
el voluntariado desde postulados flexibles que permitan unas reglas básicas para el desarrollo
de su acción en campos como la salud.
De conformidad con lo anteriormente expuesto, se aprecia una confluencia de objetivos entre
las partes, por lo que se considera de interés el establecimiento de una colaboración entre la
Consejería de Salud y Servicios Sociales, a través del SES y el SEPAD, y la AECC en las actividades que desarrolla la misma dentro de los Centros Sociosanitarios y Hospitalarios de las
8 Áreas de Salud de la Comunidad Autónoma de Extremadura dirigida a mejorar la calidad de