Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024062575)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se revisa y se adecua el contenido de la autorización ambiental integrada de la fábrica de conservas vegetales de Tomates del Guadiana, SC, en el término municipal de Medellín.
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NÚMERO 151
Lunes 5 de agosto de 2024
39354
— Oxidación biológica.
— Decantación.
— Descarga, medición del caudal y reciclo de agua.
— Relanzamiento del agua al establecimiento.
Línea de fangos:
— Recirculación de fangos.
— Acumulación de fangos.
— Deshidratación mecánica de fangos.
Las obras e instalaciones se ajustarán a la documentación técnica presentada, en cuanto
no se opongan a las presentes condiciones.
Las modificaciones de detalle que se pretendan introducir podrán autorizarse u ordenarse
por la CHG, siempre que no alteren las características esenciales de la Autorización de
Vertido; en caso contrario, requerirían la tramitación de un nuevo expediente.
Instalaciones auxiliares:
— Depósito para el almacenamiento de las aguas fecales procedentes de los aseos del
personal.
2. A
ctuaciones complementarias.
— Se dispondrá de una arqueta de control del vertido final, que permita la toma de muestras y medición de caudales. Asimismo, el TA instalará un caudalímetro provisto de los
sensores y equipos auxiliares necesarios para determinar y registrar “en continuo” los
caudales de vertido; manteniéndolo en perfecto estado de funcionamiento.
Reconocimiento final de las obras e instalaciones.
1. Las obras e instalaciones que se autorizan deberán ejecutarse en un plazo máximo de UN
(1) MES, contado a partir del día siguiente a la fecha en la que se comunique la resolución
por la que se otorga la presente Autorización.
2. En el plazo máximo de UN MES, contado a partir del día siguiente a la fecha en la que se
comunique la resolución por la que se otorga la presente Autorización, el TA comunicará a
la CHG la finalización de las obras e instalaciones autorizadas, a los efectos de proceder al
Lunes 5 de agosto de 2024
39354
— Oxidación biológica.
— Decantación.
— Descarga, medición del caudal y reciclo de agua.
— Relanzamiento del agua al establecimiento.
Línea de fangos:
— Recirculación de fangos.
— Acumulación de fangos.
— Deshidratación mecánica de fangos.
Las obras e instalaciones se ajustarán a la documentación técnica presentada, en cuanto
no se opongan a las presentes condiciones.
Las modificaciones de detalle que se pretendan introducir podrán autorizarse u ordenarse
por la CHG, siempre que no alteren las características esenciales de la Autorización de
Vertido; en caso contrario, requerirían la tramitación de un nuevo expediente.
Instalaciones auxiliares:
— Depósito para el almacenamiento de las aguas fecales procedentes de los aseos del
personal.
2. A
ctuaciones complementarias.
— Se dispondrá de una arqueta de control del vertido final, que permita la toma de muestras y medición de caudales. Asimismo, el TA instalará un caudalímetro provisto de los
sensores y equipos auxiliares necesarios para determinar y registrar “en continuo” los
caudales de vertido; manteniéndolo en perfecto estado de funcionamiento.
Reconocimiento final de las obras e instalaciones.
1. Las obras e instalaciones que se autorizan deberán ejecutarse en un plazo máximo de UN
(1) MES, contado a partir del día siguiente a la fecha en la que se comunique la resolución
por la que se otorga la presente Autorización.
2. En el plazo máximo de UN MES, contado a partir del día siguiente a la fecha en la que se
comunique la resolución por la que se otorga la presente Autorización, el TA comunicará a
la CHG la finalización de las obras e instalaciones autorizadas, a los efectos de proceder al