Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Empresa. Ayudas. (2024040104)
Decreto 65/2024, de 2 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la realización de actuaciones de dinamización y promoción empresarial en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria.
43 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 150

38611

Viernes 2 de agosto de 2024

febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y
en el artículo 16 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autóno­
ma de Extremadura, previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura,
en su sesión de 2 de julio de 2024.
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto.
El presente decreto tiene como objeto establecer las bases reguladoras y realizar la prime­
ra convocatoria de las ayudas para la ejecución por parte de asociaciones empresariales de
actuaciones dirigidas a favorecer la dinamización, promoción y desarrollo empresarial en la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Artículo 2. Líneas de actuaciones subvencionables.
Tendrán carácter subvencionable las siguientes tipologías de actuaciones:
1. Proyectos orientados a favorecer la creación, crecimiento y consolidación empresarial, a
través de acciones de asesoramiento, capacitación o de cualquier otra índole.
2. Realización de eventos en Extremadura relacionados con temáticas de emprendimiento,
empresa, crecimiento empresarial o similar, tales como talleres, seminarios, encuentros,
jornadas y foros que vayan dirigidos al sector empresarial, con una participación de, al
menos, 75 asistentes del perfil objetivo al que se dirige la actuación.
Artículo 3. Exclusiones.
Quedan excluidas del presente programa de ayudas:
1. L
 a realización de proyectos de animación comercial con la finalidad de dinamizar, promo­
cionar el comercio extremeño o fomentar el asociacionismo comercial, que pudieran ser
susceptibles de ser subvencionados al amparo del Decreto 58/2023, de 24 de mayo, por
el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento del comercio a
través de acciones agrupadas de dinamización comercial en la Comunidad Autónoma de
Extremadura, o normativa que lo sustituya.
2. Realización de estudios y proyectos de carácter generalista, en los que no se contemple la
participación en el mismo de una serie de personas emprendedoras o empresas que vayan
a resultar beneficiarias directas de las acciones de asesoramiento, capacitación o de cual­
quier otra índole proyectadas.