Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Empresa. Ayudas. (2024040104)
Decreto 65/2024, de 2 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la realización de actuaciones de dinamización y promoción empresarial en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 150
Viernes 2 de agosto de 2024

38622

En ningún caso se admitirán modificaciones que supongan una subvención superior a la
aprobada inicialmente.
Artículo 16. Medidas de publicidad.
En todos los materiales que se desarrollen con cargo a la actuación subvencionada, así como
en los eventos, páginas web, campañas de comunicación y cualquier otro soporte de natura­
leza similar deberá reflejarse de manera destacada el papel financiador de la Junta de Extre­
madura, conforme a las directrices que se marquen en las resoluciones de concesión.
Artículo 17. Justificación de la ayuda.
1. L
 a justificación total de la actuación se realizará, como máximo, en el plazo de un mes a
partir del día siguiente al fin del plazo de ejecución establecido en la resolución individual
de concesión, o en el plazo establecido en la posible prórroga que al efecto se pueda esta­
blecer. Transcurrido el plazo establecido de justificación sin haberse presentado la misma
se requerirá a la entidad beneficiaria para que en el plazo improrrogable de quince días sea
presentada. La falta de presentación de la justificación de la actuación en el plazo estable­
cido conllevará la pérdida del derecho a la subvención.
2. E
 l procedimiento de justificación de la subvención se iniciará a instancia de la entidad
beneficiaria, mediante la correspondiente solicitud que se establezca en las convocato­
rias, la cual deberá ser presentada electrónicamente a través del punto de acceso general
electrónico www.juntaex.es, dentro de la ficha correspondiente al trámite, por la entidad
o su representante expresamente autorizado para intervenir en este acto, a la que deberá
acompañar la siguiente documentación:
a. Memoria explicativa de las actividades realizadas, acreditando el cumplimiento de los
objetivos previstos, resultados alcanzados, aportando la cuantificación de los indicado­
res estimados.
b. E
 videncias físicas y gráficas que acrediten la ejecución de las actuaciones subvenciona­
das (hojas de firmas, fotografías, vídeos, campañas de comunicación, materiales desa­
rrollados, webs, etc).
c. Cuestionarios y encuestas de satisfacción de las personas y/o empresas participantes en
la actuación, debidamente firmados por los mismos.
d. C
 opias de las facturas justificativas de los gastos subvencionados y ejecutados, sufi­
cientemente detalladas y desglosadas por los diferentes conceptos que contempla la
actuación, así como de los justificantes bancarios acreditativos de sus pagos. No se