Universidad De Extremadura. Procesos Selectivos. (2024062542)
Resolución de 18 de julio de 2024, de la Gerencia, por la que se anuncia la convocatoria de pruebas selectivas, por promoción interna en el puesto, del personal laboral de Administración y Servicios, mediante el sistema de concurso-oposición.
29 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 148
Miércoles 31 de julio de 2024
38241
selección y en aquellos otros que estime oportunos, la relación de las personas aspirantes
que lo hayan superado, por orden de puntuación alcanzada, con indicación de su documento
nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de identidad. Las personas aspirantes que no se
hallen incluidas en la relación correspondiente tendrán la consideración de no aptas a todos
los efectos, siendo eliminadas del proceso selectivo, disponiendo de un plazo de cinco días
hábiles para efectuar reclamaciones ante el órgano de selección.
Décima. Lista de personas aprobadas y valoración de méritos de la fase de concurso.
10.1. La lista que contenga la valoración de méritos de la fase de concurso se hará pública,
una vez celebrado el último ejercicio de la fase de oposición, en el lugar o lugares de celebración de éstos, en la sede del órgano de selección y en aquellos otros que estime oportunos, y
comprenderá a las personas aspirantes que superen el mismo, facultando a las personas interesadas para poner reclamación ante el órgano de selección en un plazo de cinco días hábiles.
10.2. Finalizadas ambas fases, el órgano de selección hará pública la relación de personas
aspirantes que hayan superado el proceso selectivo. En esta lista las personas aspirantes
aparecerán ordenadas por la puntuación total obtenida en el proceso y, asimismo, figurarán
las puntuaciones totales obtenidas en cada fase. En caso de empate, el orden final se establecerá atendiendo, sucesivamente, a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio. Si
persistiese el empate, éste se dirimirá atendiendo al primero y fase de concurso, respectivamente, y si éste persistiera, se tendrán en cuenta para establecer el orden final los siguientes
criterios:
— Mayor antigüedad en la Universidad de Extremadura.
— Mayor antigüedad en otras Universidades públicas o Instituciones de Educación Superior.
— Mayor grado de titulación académica.
— El orden de actuación de las personas opositoras conforme a lo manifestado en la base
9.4.
En esta lista no podrá figurar un número mayor de personas que el de puestos de trabajo convocados, siendo nula de pleno derecho cualquier relación de personas aspirantes cuyo número
supere al de puestos convocados.
La motivación de dicha lista, en cuanto acto administrativo emanado de la discrecionalidad
técnica del órgano de selección, pone fin al proceso selectivo, y estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
10.3. El órgano de selección elevará al Rectorado, finalmente, la correspondiente propuesta
de contratación como personal laboral fijo de la Universidad de Extremadura, a favor de las
personas aspirantes que han superado el proceso selectivo.
Miércoles 31 de julio de 2024
38241
selección y en aquellos otros que estime oportunos, la relación de las personas aspirantes
que lo hayan superado, por orden de puntuación alcanzada, con indicación de su documento
nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de identidad. Las personas aspirantes que no se
hallen incluidas en la relación correspondiente tendrán la consideración de no aptas a todos
los efectos, siendo eliminadas del proceso selectivo, disponiendo de un plazo de cinco días
hábiles para efectuar reclamaciones ante el órgano de selección.
Décima. Lista de personas aprobadas y valoración de méritos de la fase de concurso.
10.1. La lista que contenga la valoración de méritos de la fase de concurso se hará pública,
una vez celebrado el último ejercicio de la fase de oposición, en el lugar o lugares de celebración de éstos, en la sede del órgano de selección y en aquellos otros que estime oportunos, y
comprenderá a las personas aspirantes que superen el mismo, facultando a las personas interesadas para poner reclamación ante el órgano de selección en un plazo de cinco días hábiles.
10.2. Finalizadas ambas fases, el órgano de selección hará pública la relación de personas
aspirantes que hayan superado el proceso selectivo. En esta lista las personas aspirantes
aparecerán ordenadas por la puntuación total obtenida en el proceso y, asimismo, figurarán
las puntuaciones totales obtenidas en cada fase. En caso de empate, el orden final se establecerá atendiendo, sucesivamente, a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio. Si
persistiese el empate, éste se dirimirá atendiendo al primero y fase de concurso, respectivamente, y si éste persistiera, se tendrán en cuenta para establecer el orden final los siguientes
criterios:
— Mayor antigüedad en la Universidad de Extremadura.
— Mayor antigüedad en otras Universidades públicas o Instituciones de Educación Superior.
— Mayor grado de titulación académica.
— El orden de actuación de las personas opositoras conforme a lo manifestado en la base
9.4.
En esta lista no podrá figurar un número mayor de personas que el de puestos de trabajo convocados, siendo nula de pleno derecho cualquier relación de personas aspirantes cuyo número
supere al de puestos convocados.
La motivación de dicha lista, en cuanto acto administrativo emanado de la discrecionalidad
técnica del órgano de selección, pone fin al proceso selectivo, y estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
10.3. El órgano de selección elevará al Rectorado, finalmente, la correspondiente propuesta
de contratación como personal laboral fijo de la Universidad de Extremadura, a favor de las
personas aspirantes que han superado el proceso selectivo.