Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación De Adultos. (2024040128)
Decreto 82/2024, de 23 de julio, por el que se establecen la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria para personas adultas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 146
Lunes 29 de julio de 2024

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quiere de los saberes básicos de cada ámbito. Las competencias específicas constituyen un
elemento de conexión entre, por una parte, el Perfil de salida del alumnado y, por otra, los
saberes básicos de los ámbitos y los criterios de evaluación.
3. Los saberes básicos son los conocimientos, destrezas y actitudes que constituyen los contenidos propios de un ámbito y cuyo aprendizaje es necesario para la adquisición de las
competencias específicas.
4. Los criterios de evaluación son los referentes que indican los niveles de desempeño esperados en el alumnado en las situaciones a las que se refieren las competencias específicas
de cada ámbito en un momento determinado de su aprendizaje.
Artículo 11. Contextualización y situaciones de aprendizaje.
1. Para la adquisición y desarrollo, tanto de las competencias clave como de las competencias
específicas, el equipo docente deberá diseñar situaciones de aprendizaje que permitan al
alumnado avanzar hacia los resultados de aprendizaje de más de una competencia al mismo tiempo, ya que estas se complementan y entrelazan.
2. Las situaciones de aprendizaje implican el despliegue por parte del alumnado de actuaciones asociadas a competencias clave y competencias específicas, y contribuyen a la adquisición y desarrollo de estas.
3. Las situaciones de aprendizaje se establecen, con carácter orientativo, en el anexo II del
Decreto 110/2022, de 22 de agosto, y se describen, para cada ámbito de conocimiento, en
el anexo II del presente decreto.
4. 
Las situaciones de aprendizaje se contextualizan mediante actividades conectadas con
el aprendizaje significativo que se logra mediante el aprendizaje basado en proyectos, el
aprendizaje colaborativo u otras metodologías activas. Con ello, se busca ofrecer al alumnado la oportunidad de conectar sus aprendizajes y aplicarlos en contextos cercanos a su
vida cotidiana, favoreciendo su compromiso con el aprendizaje propio. Además, deben
proponer escenarios que favorezcan diferentes tipos de agrupamientos.
Artículo 12. Proyecto Educativo de Centro y concreción curricular.
1. El proyecto educativo de centro, concreta la autonomía pedagógica y organizativa de los
centros, define su identidad, recoge los valores, fines y prioridades de actuación, y debe
adecuar los elementos curriculares y organizativos para ajustarlo a sus características propias y de su alumnado con objeto de conseguir el mayor desarrollo personal y académico
de estos.