Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Desarrollo Rural. Ayudas. (2024040124)
Decreto 78/2024, de 23 de julio, por el que se regula el sistema de ayudas bajo metodología LEADER y el procedimiento de gestión, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España 2023-2027.
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NÚMERO 146
Lunes 29 de julio de 2024
37422
exclusivo, las ayudas sólo podrán destinarse a financiar proyectos propios del Grupo de
Acción Local, incluyendo las actividades de cooperación y su preparación, así como el
seguimiento y evaluación de la estrategia y su animación, en particular la facilitación de
intercambios entre las partes interesadas.
Artículo 6. Requisitos exigidos a los solicitantes.
Las personas solicitantes de las ayudas deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) No hallarse incursas en las causas de prohibición para obtener la condición de persona
beneficiaria que se señalan en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Sub
venciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Estar al corriente de las obligaciones con las Haciendas estatal y autonómica y frente
a la Seguridad Social, salvo que acredite que dichas deudas se encuentran aplazadas,
fraccionadas o cuando se hubiese acordado su suspensión, a no ser que sea deudora
por resolución firme.
Para su acreditación se estará a lo indicado en el artículo 29 de las presentes bases
reguladoras.
c) En el caso de persona física, tener cumplidos 18 años en el momento de la solicitud o
situación asimilada conforme a norma.
d) Cuando se trate de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas sin
personalidad jurídica, se hará constar expresamente, en la solicitud y resolución de con
cesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así
como el importe de subvención a aplicar por cada integrante, que tendrán igualmente la
consideración de personas beneficiarias. En cualquier caso, deberá nombrarse una re
presentación o apoderamiento único de la agrupación, con poderes bastantes para cum
plir las obligaciones que, como personas beneficiarias, corresponden a la agrupación.
No podrá disolverse la agrupación hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción
previsto en los artículos 45 y 70 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Artículo 7. Naturaleza de los proyectos. Productivos y no productivos.
1. El carácter productivo o no productivo de los proyectos vendrá determinado por su natu
raleza:
• Productivos: proyectos cuyo objetivo es la producción de bienes o servicios privados
destinados a la venta o los que pueden ser comercializados o que aumenten el valor de
propiedades de titularidad privada.
Lunes 29 de julio de 2024
37422
exclusivo, las ayudas sólo podrán destinarse a financiar proyectos propios del Grupo de
Acción Local, incluyendo las actividades de cooperación y su preparación, así como el
seguimiento y evaluación de la estrategia y su animación, en particular la facilitación de
intercambios entre las partes interesadas.
Artículo 6. Requisitos exigidos a los solicitantes.
Las personas solicitantes de las ayudas deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) No hallarse incursas en las causas de prohibición para obtener la condición de persona
beneficiaria que se señalan en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Sub
venciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Estar al corriente de las obligaciones con las Haciendas estatal y autonómica y frente
a la Seguridad Social, salvo que acredite que dichas deudas se encuentran aplazadas,
fraccionadas o cuando se hubiese acordado su suspensión, a no ser que sea deudora
por resolución firme.
Para su acreditación se estará a lo indicado en el artículo 29 de las presentes bases
reguladoras.
c) En el caso de persona física, tener cumplidos 18 años en el momento de la solicitud o
situación asimilada conforme a norma.
d) Cuando se trate de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas sin
personalidad jurídica, se hará constar expresamente, en la solicitud y resolución de con
cesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así
como el importe de subvención a aplicar por cada integrante, que tendrán igualmente la
consideración de personas beneficiarias. En cualquier caso, deberá nombrarse una re
presentación o apoderamiento único de la agrupación, con poderes bastantes para cum
plir las obligaciones que, como personas beneficiarias, corresponden a la agrupación.
No podrá disolverse la agrupación hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción
previsto en los artículos 45 y 70 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Artículo 7. Naturaleza de los proyectos. Productivos y no productivos.
1. El carácter productivo o no productivo de los proyectos vendrá determinado por su natu
raleza:
• Productivos: proyectos cuyo objetivo es la producción de bienes o servicios privados
destinados a la venta o los que pueden ser comercializados o que aumenten el valor de
propiedades de titularidad privada.