Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Desarrollo Rural. Ayudas. (2024040124)
Decreto 78/2024, de 23 de julio, por el que se regula el sistema de ayudas bajo metodología LEADER y el procedimiento de gestión, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España 2023-2027.
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NÚMERO 146
Lunes 29 de julio de 2024

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Además, este decreto se integra, con carácter general, en los preceptos de la Ley Orgánica
3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (BOE núm. 71, de
23 de marzo), y, en particular, en los preceptos de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad
entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en Extremadura (DOE núm. 59, de
25 de marzo). Se recogen con especial atención los principios de la ley autonómica recogidos
en los artículos 3, sobre principios generales; 5, de disposiciones generales; 6, de la Adminis­
tración de la Comunidad Autónoma; 21, de transversalidad de género; 22, de desarrollo del
principio de interseccionalidad; 27, de lenguaje e imagen no sexista; 29, de representación
equilibrada de los órganos directivos y colegiados; 31, de ayudas y subvenciones y 71 de
desarrollo rural. Así mismo, cumple con lo dispuesto en el artículo 7.12 del Estatuto de Auto­
nomía de Extremadura sobre la igualdad de la mujer en todos los ámbitos de la vida pública,
familiar, social, laboral, económica y cultural.
Así mismo, cumple con lo dispuesto en el artículo 7.12 del Estatuto de Autonomía de Extre­
madura sobre la igualdad de la mujer en todos los ámbitos de la vida pública, familiar, social,
laboral, económica y cultural.
En estas bases reguladoras, además se han aplicado las previsiones del apartado 3 del ar­
tículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administracio­nes Públicas, estableciéndose los medios electrónicos para la presentación de
las solicitudes de uso obligatorio, tanto por las personas físi­cas como por las jurídicas. Las
empresas, entidades, Administraciones, así como personas físicas, que suelen ser beneficia­
rias de ayudas LEADER, por su capacidad económica y técnica, tienen acceso y disponibilidad
de los medios electrónicos necesarios para relacionarse con la Administración. Además, están
familiarizados con dichos sistemas, debido a que, para el ejercicio normal de su actividad,
deben disponer de los mismos para relacionarse con otros organismos públicos, siendo este
medio, por tanto, el más idóneo y ventajoso para ellas.
Por otro lado, en cuanto al plazo de resolución del procedimiento, de acuerdo al artículo 40
de la Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización y simplificación administrativa de Extre­
madura, se ha establecido un plazo de 6 meses, atendiendo a la complejidad de los proyectos
de inversión que pueden presentarse y, a los diversos y exhaustivos controles administrativos
que deben efectuarse de acuerdo al artículo 71 y siguientes del Real Decreto 1047/2022, de
27 de diciembre, por el que se regula el sistema de gestión y control de las intervenciones del
Plan Estratégico y otras ayudas de la Política Agraria Común, con la finalidad de garantizar que
se cumplen con las obligaciones establecidas por la normativa de la Unión Europea y nacional
y por el Plan Estratégico Nacional de la Política Agrícola Común (PAC) del Reino de España
2023-2027. Estos controles y verificaciones, que pueden alcanzar de acuerdo con el artícu­
lo 3 del citado Real Decreto, a diversa información, están orientados a garantizar la efectiva
percepción de estos fondos europeos de vital importancia para el desarrollo económico de la
región y la creación de empleo.