Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Desarrollo Rural. Ayudas. (2024040124)
Decreto 78/2024, de 23 de julio, por el que se regula el sistema de ayudas bajo metodología LEADER y el procedimiento de gestión, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España 2023-2027.
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NÚMERO 146
Lunes 29 de julio de 2024
37434
1. Coordinación y dirección: Tareas relativas a la organización y desarrollo de acciones
operativas de la acción formativa. Las actividades de coordinación se remunerarán has
ta 17 euros la hora de actividad formativa, no superando en todo caso, el límite de
2.500 euros por actividad formativa.
2. D
ocencia: La actividad del equipo docente se remunerará hasta 45 euros la hora.
Estas ayudas tienen la consideración de ayudas de Estado, estando exentas de notificación
por estar acogidas a los artículos 60 y 61 del Reglamento (UE) 2022/2472 de la Comisión
de 14 de diciembre de 2022 por el que se declaran determinadas categorías de ayuda en
los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles con el mercado interior en
aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
El importe total de las ayudas concedidas a una empresa por proyecto de DLP no excederá
de 200.000,00 euros.
La intensidad de ayuda podrá alcanzar hasta un máximo del 90 % del gasto subvencio
nable para proyectos (actividad formativa) promovidos por asociaciones, instituciones y
entidades sin ánimo de lucro con personalidad jurídica y del 100 % en el caso de personas
beneficiarias de ayudas públicos y Grupos de Acción Local.
Podrá preverse la implementación de costes simplificados como sistema de justificación de
las ayudas previstas en este artículo.
Con el objetivo de simplificar la gestión, se contempla la posibilidad de utilizar costes sim
plificados, en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 83 del Reglamento (UE)
2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021. Dada la
variedad de operaciones que se pueden incluir en esta intervención se considera necesario
tener todas las opciones disponibles para seleccionar en cada caso la más conveniente.
Podrán aplicarse las opciones de costes simplificados para todos los elementos de la Estra
tegia de Desarrollo Local Participativo y en particular:
• Baremos estándar de costes unitarios.
• Cantidades a tanto alzado.
• Financiación a tipo fijo.
Artículo 13. Inversiones en transformación y comercialización de productos
agrícolas.
1. Objeto: Esta acción pretende dar respuesta a necesidades relacionadas con la transfor
mación y comercialización de los productos agrícolas todo ello encaminado a mejorar el
Lunes 29 de julio de 2024
37434
1. Coordinación y dirección: Tareas relativas a la organización y desarrollo de acciones
operativas de la acción formativa. Las actividades de coordinación se remunerarán has
ta 17 euros la hora de actividad formativa, no superando en todo caso, el límite de
2.500 euros por actividad formativa.
2. D
ocencia: La actividad del equipo docente se remunerará hasta 45 euros la hora.
Estas ayudas tienen la consideración de ayudas de Estado, estando exentas de notificación
por estar acogidas a los artículos 60 y 61 del Reglamento (UE) 2022/2472 de la Comisión
de 14 de diciembre de 2022 por el que se declaran determinadas categorías de ayuda en
los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles con el mercado interior en
aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
El importe total de las ayudas concedidas a una empresa por proyecto de DLP no excederá
de 200.000,00 euros.
La intensidad de ayuda podrá alcanzar hasta un máximo del 90 % del gasto subvencio
nable para proyectos (actividad formativa) promovidos por asociaciones, instituciones y
entidades sin ánimo de lucro con personalidad jurídica y del 100 % en el caso de personas
beneficiarias de ayudas públicos y Grupos de Acción Local.
Podrá preverse la implementación de costes simplificados como sistema de justificación de
las ayudas previstas en este artículo.
Con el objetivo de simplificar la gestión, se contempla la posibilidad de utilizar costes sim
plificados, en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 83 del Reglamento (UE)
2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021. Dada la
variedad de operaciones que se pueden incluir en esta intervención se considera necesario
tener todas las opciones disponibles para seleccionar en cada caso la más conveniente.
Podrán aplicarse las opciones de costes simplificados para todos los elementos de la Estra
tegia de Desarrollo Local Participativo y en particular:
• Baremos estándar de costes unitarios.
• Cantidades a tanto alzado.
• Financiación a tipo fijo.
Artículo 13. Inversiones en transformación y comercialización de productos
agrícolas.
1. Objeto: Esta acción pretende dar respuesta a necesidades relacionadas con la transfor
mación y comercialización de los productos agrícolas todo ello encaminado a mejorar el