Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Desarrollo Rural. Ayudas. (2024040124)
Decreto 78/2024, de 23 de julio, por el que se regula el sistema de ayudas bajo metodología LEADER y el procedimiento de gestión, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España 2023-2027.
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NÚMERO 146
Lunes 29 de julio de 2024

37431

Artículo 12. Formación e información de los agentes económicos y sociales que
desarrollen sus actividades en ámbitos cubiertos por la Estrategia de Desarrollo
Local Participativo de cada Grupo de Acción Local (EDLP).
1. Objeto: Los objetivos que se persiguen con esta actuación son posibilitar la formación, ca­
pacitación e información requerida a los agentes económicos y sociales para el desarrollo
de las actuaciones y actividades previstas en las EDLP.
2. Actuaciones: Las actividades de formación y adquisición de competencias podrán consistir
en cursos de formación, talleres, jornadas y sesiones de orientación con las siguientes te­
máticas, entre otras que pudiesen contemplarse en las EDLP:
• Renovación y desarrollo de las poblaciones.
• Nuevas tecnologías y habilidades TIC.
• Patrimonio cultural y natural, así como aquella necesaria para la valorización de los re­
cursos regionales o endógenos a cada territorio oportunamente identificados en la EDLP
del GAL.
• Fomento del espíritu empresarial.
• Turismo rural.
• Igualdad de género en el medio rural.
• Transformación y/o comercialización en los sectores agroalimentarios.
• Materia de medio ambiente y gestión de recursos eficiente.
• Empleabilidad de la población joven en materia de recuperación de oficios y/o habilidades
rurales tradicionales que redunden en un mejor posicionamiento de la oferta de turismo
del medio rural.
• Mejora de la empleabilidad en sectores desfavorecidos.
• Acciones formativas dirigidas a agentes económicos y sociales para el desarrollo de las
actuaciones y actividades previstas en la EDLP.
Los cursos de preparación o formación de programas o sistemas educativos de enseñanza
secundaria o superior no serán subvencionables.
En el caso de certificados de profesionalidad y/o módulos que los componen, las horas se
ajustarán a lo estipulado en la normativa que regula el citado certificado de profesionalidad
y/o módulo.