Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Actividad Empresarial. Ayudas. (2024040114)
Decreto 69/2024, de 9 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el acceso a mercados exteriores de empresas extremeñas denominado "Cheque Exporta", y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2024.
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NÚMERO 146
Lunes 29 de julio de 2024

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pago efectivo no quedará acreditado hasta que se aporte el cargo del importe en la
cuenta de la entidad beneficiaria.


— Pagos realizados mediante tarjeta de titularidad de la entidad beneficiaria: copia del
recibo mensual de la tarjeta o copia del extracto bancario donde se pueda verificar
el movimiento efectuado.



— Pagos realizados mediante confirming: contrato del cliente (beneficiario) con la entidad financiera, pago del cliente (beneficiario) a la entidad financiera y pago de la
entidad financiera al proveedor.



— Pagos realizados mediante factoring: contrato entre proveedor (acreedor) y la empresa de factoring, justificante de ingreso en la cuenta del acreedor, del importe
acordado en el contrato anterior, notificación de cesión de la deuda al deudor (empresa beneficiaria), justificante de pago del beneficiario a la entidad financiera del
importe de la cesión.



— Otros medios de pago: podrá ser requerida la documentación adicional que se considere imprescindible para la correcta justificación del mismo.

b) Sólo se admitirán cheques y pagarés emitidos a nombre del proveedor emisor de la factura si los mismos están vencidos y cargados en cuenta antes del fin del plazo máximo
de justificación.
c) No serán admitidos los pagos en metálico, ni los realizados por compensación, ni pagos
mediante tarjeta de titularidad distinta de la entidad beneficiaria.
5. C
 uando alguno de los documentos justificativos esté redactado en una lengua distinta a
una lengua oficial en la Unión Europea, el beneficiario tendrá que aportar la traducción de
su contenido realizada por intérprete jurado.
6. Acreditación de la publicidad de la medida, de acuerdo con lo establecido en el artículo 19
del presente decreto.
7. Tanto la solicitud de pago como la documentación exigida deberá presentarse, de forma
telemática, a través la Sede Electrónica Asociada de la Administración de la Junta de Extremadura en la siguiente dirección web:
https://tramites.juntaex.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=PTS2_REGGENERAL_INFO,

así como a través de cualquiera de los registros electrónicos previstos en el artículo 16.4.a)
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, todo ello en virtud de lo dispuesto en el apartado 2 y 3 del artículo 14