Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Ganadería. Ayudas. (2024040103)
Decreto 64/2024, de 2 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el establecimiento y mantenimiento de los programas de cría de razas ganaderas autóctonas españolas en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se convocan las ayudas para el ejercicio 2024.
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NÚMERO 146
Lunes 29 de julio de 2024

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Además, este decreto es necesario para regular todos los nuevos aspectos de estas ayudas,
responde proporcionalmente a las exigencias de la normativa intentando reducir las cargas
administrativas y racionalizar el procedimiento de forma coherente. Viene justificado por el
ejercicio de las competencias autonómicas y por la necesidad de establecer bases reguladoras autonómicas. Pretende clarificar y concretar el procedimiento de concesión de la ayuda y
establece en su disposición adicional única la primera convocatoria, logrando con ello acortar plazos. Responde por ello a los principios de buena regulación del artículo 129 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Resulta necesario dejar sin efecto el Decreto 260/2023, de 3 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el establecimiento y mantenimiento de los
programas de cría de razas ganaderas autóctonas españolas en la Comunidad Autónoma de
Extremadura y se convocan las ayudas para el ejercicio 2023 (DOE n.º 207, de 27 de octubre), que actualmente contiene las bases reguladoras de estas ayudas, tras haberse aprobado
el Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de
2021 y el nuevo PEPAC para el periodo 2023-2027.
La necesidad de aprobación de estas nuevas bases reguladoras se justifica en la exigencia
de incorporar en la normativa las directrices sobre la aplicación de moderación de costes
conforme lo establecido en la estrategia sobre moderación de costes en la gestión de fondos
agrícolas europeos, suponiendo una mejora técnica en la gestión de estas ayudas, además
de incorporar modificaciones en los costes subvencionables que supondrán una simplificación
para la gestión de los solicitantes.
En virtud de lo expuesto, de acuerdo con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, así como la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, y la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de
la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en uso de las atribuciones
conferidas en materia de agricultura por el artículo 9.1.12 del Estatuto de Autonomía de Extremadura y las competencias que en materia de agricultura y ganadería se le atribuyen a la
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, mediante Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de
las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura
y Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta de la Consejera de
Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y previa deliberación del Consejo de Gobierno
en su sesión del día 2 de julio de 2024,