Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Ganadería. Ayudas. (2024040103)
Decreto 64/2024, de 2 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el establecimiento y mantenimiento de los programas de cría de razas ganaderas autóctonas españolas en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se convocan las ayudas para el ejercicio 2024.
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NÚMERO 146
Lunes 29 de julio de 2024

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— Llevar un sistema de contabilidad separado o un código contable adecuado, para todas
las transacciones relativas a la operación sin perjuicio, de las normas de contabilidad
nacional. Presentar los datos a la autoridad de gestión y al registro de las realizaciones
y resultados de las operaciones.
— Dar adecuada publicidad y facilitar la información que se le solicite en los términos previstos en el artículo 12 y 13 de este decreto.
— Las beneficiarias y/o destinatarias de las ayudas se comprometen a aportar los datos
necesarios a efectos de seguimiento y evaluación del programa, así como la colaboración necesaria en la confección de los indicadores correspondientes, incluidos estudios
y encuestas que se precisen a realizar a posteriori, cuando dicha colaboración le sea
requerida.
— Cualquier otra establecida en la normativa aplicable.
Artículo 15. Régimen de compatibilidad.
El régimen de ayudas previstas en la presente disposición será compatible con otros ingresos
o ayudas que, para las mismas finalidades, concedan las Administraciones Públicas.
No obstante, los gastos cofinanciados por el FEADER no serán cofinanciados mediante la contribución de los Fondos Estructurales, del Fondo de Cohesión o de cualquier otro instrumento
financiero comunitario.
Además, serán incompatibles con aquellas ayudas cuya normativa de aplicación expresamente lo establezca. En ningún caso las ayudas podrán superar el coste de la actividad subvencionada.
Artículo 16. Régimen jurídico.
Las ayudas reguladas en el presente decreto se rigen por lo establecido en el Reglamento (UE)
2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se
establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los
Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC),
financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), aprobado por Decisión C(2022) 6017 final de la Comisión
de 31 de agosto de 2022; Reglamento (UE) 2016/1012 del Parlamento y del Consejo de 8 de
junio de 2016 relativo a las condiciones zootécnicas y genealógicas para la cría, el comercio
y la entrada en la Unión de animales reproductores de raza pura, porcinos reproductores híbridos y su material reproductivo y por el que se modifican el Reglamento (UE) 652/2014 y