Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Ganadería. Ayudas. (2024040103)
Decreto 64/2024, de 2 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el establecimiento y mantenimiento de los programas de cría de razas ganaderas autóctonas españolas en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se convocan las ayudas para el ejercicio 2024.
41 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 146
Lunes 29 de julio de 2024
37387
de factura, empresa emisora, concepto, totales, importe sin IVA, IVA, importe con
IVA), contratos, nóminas y cotizaciones a la Seguridad Social y justificantes de ingreso correspondientes al IRPF.
– Que la entidad dispone de todos los documentos originales acreditativos de los gastos
justificados, que con posterioridad serán debidamente estampillados con indicación
de haber servido de justificante para obtener esta subvención
De acuerdo con el artículo 36.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, se considerará gasto
realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo
de justificación.
3. L
a forma de pago se realizará mediante transferencia bancaria una vez se justifique conforme al apartado 1 y 2 de este artículo. El abono de la ayuda se realizará en la cuenta bancaria que se indique en el modelo normalizado de solicitud. Dicha cuenta bancaria deberá
estar activa en el Sistema de Terceros de la Junta de Extremadura. En el caso de no estar
activa o quiera proceder a una nueva alta, por favor proceda a su alta a través del trámite
“Alta de Terceros” en el punto de acceso general electrónico (www.juntaex.es) dentro de la
ficha correspondiente al trámite desde donde se habilitará el acceso a la sede electrónica
asociada para presentar la solicitud: https://www.juntaex.es/w/5145?inheritRedirect=true.
Artículo 12. Control y verificación de datos.
1. E
l órgano otorgante podrá comprobar que las cantidades recibidas se destinan a la finalidad
prevista mediante los mecanismos de inspección y control que crea convenientes, según la
naturaleza de las actuaciones subvencionadas.
2. I gualmente, las beneficiarias se comprometen a facilitar cuanta información les sea solicitada por los órganos competentes de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo
Sostenible pudiendo recabarse cuanta documentación se considere conveniente para el
mejor cumplimiento de lo dispuesto en esta norma.
3. La falsedad en cualquiera de los datos aportados por la solicitante para la ayuda contemplada en esta disposición, será motivo suficiente para la denegación de la misma o el reintegro
de lo indebidamente percibido, sin perjuicio de las acciones legales que pudieran derivarse.
Artículo 13. Medidas de información y publicidad.
1. L
as autoridades competentes pondrán en práctica sistemas de difusión, información y publicidad, de conformidad con lo establecido por la normativa comunitaria y autonómica al
respecto, dirigidos a las posibles beneficiarias de las ayudas del presente decreto. La citada
Lunes 29 de julio de 2024
37387
de factura, empresa emisora, concepto, totales, importe sin IVA, IVA, importe con
IVA), contratos, nóminas y cotizaciones a la Seguridad Social y justificantes de ingreso correspondientes al IRPF.
– Que la entidad dispone de todos los documentos originales acreditativos de los gastos
justificados, que con posterioridad serán debidamente estampillados con indicación
de haber servido de justificante para obtener esta subvención
De acuerdo con el artículo 36.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, se considerará gasto
realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo
de justificación.
3. L
a forma de pago se realizará mediante transferencia bancaria una vez se justifique conforme al apartado 1 y 2 de este artículo. El abono de la ayuda se realizará en la cuenta bancaria que se indique en el modelo normalizado de solicitud. Dicha cuenta bancaria deberá
estar activa en el Sistema de Terceros de la Junta de Extremadura. En el caso de no estar
activa o quiera proceder a una nueva alta, por favor proceda a su alta a través del trámite
“Alta de Terceros” en el punto de acceso general electrónico (www.juntaex.es) dentro de la
ficha correspondiente al trámite desde donde se habilitará el acceso a la sede electrónica
asociada para presentar la solicitud: https://www.juntaex.es/w/5145?inheritRedirect=true.
Artículo 12. Control y verificación de datos.
1. E
l órgano otorgante podrá comprobar que las cantidades recibidas se destinan a la finalidad
prevista mediante los mecanismos de inspección y control que crea convenientes, según la
naturaleza de las actuaciones subvencionadas.
2. I gualmente, las beneficiarias se comprometen a facilitar cuanta información les sea solicitada por los órganos competentes de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo
Sostenible pudiendo recabarse cuanta documentación se considere conveniente para el
mejor cumplimiento de lo dispuesto en esta norma.
3. La falsedad en cualquiera de los datos aportados por la solicitante para la ayuda contemplada en esta disposición, será motivo suficiente para la denegación de la misma o el reintegro
de lo indebidamente percibido, sin perjuicio de las acciones legales que pudieran derivarse.
Artículo 13. Medidas de información y publicidad.
1. L
as autoridades competentes pondrán en práctica sistemas de difusión, información y publicidad, de conformidad con lo establecido por la normativa comunitaria y autonómica al
respecto, dirigidos a las posibles beneficiarias de las ayudas del presente decreto. La citada